Esamur deberá pagar más de 300.000 euros por las reparaciones del emisario de Cala Reona
LA VERDAD
Cartagena
Martes, 11 de junio 2024, 01:10
El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Murcia ha fallado a favor del Ayuntamiento de Cartagena, obligando a la Entidad de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de la Región (Esamur) a asumir los costes de la rotura del emisario de Cala Reona, que tuvo lugar en enero de 2021.
La resolución, que trascendió ayer, recuerda que, tras la rotura y ante el hecho de que «la administración competente para mantener y conservar el emisario de Cala Reona decidiera, en contra de lo actuado en anualidades anteriores, no hacer ninguna contratación cuando parte de aquel se seccionó y quedó flotando frente a la costa», fue el Ayuntamiento a través de la concesionaria quien tuvo que efectuar y sufragar «las actuaciones mínimas necesarias para reducir los riesgos para la integridad de las personas y para el medio ambiente surgidos de la rotura del emisario».
Desde entonces, el Ayuntamiento defendió que Esamur debía asumir los costes derivados de la rotura, así como que correspondía a la Administración central asumir la construcción del nuevo emisario, dado que se trata de una infraestructura de interés general, «como ha reconocido recientemente el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) asumiendo la redacción del proyecto», apuntaron fuentes municipales.
El Ayuntamiento solicitó el 30 de septiembre de 2022 que Esamur cubriera los gastos de las reparaciones necesarias tras una rotura del emisario por el efecto de los temporales en enero de 2021. Esta solicitud fue desestimada por silencio administrativo, lo que llevó al Ayuntamiento a presentar un recurso contencioso-administrativo.
En concreto, requirió a Esamur que abonase 312.272,03 euros de las facturas generadas como consecuencia de la retirada y limpieza de las playas de los restos de las distintas secciones de tubería provenientes de la rotura del emisario de abril por cuestiones de seguridad marítima, sin perjuicio de la ulterior reclamación por aquellas correspondientes a gastos que deba asumir en el ejercicio de sus competencias.
La sentencia anula la desestimación por silencio administrativo y obliga a Esamur a pagar las facturas reclamadas por el Ayuntamiento de Cartagena, así como al pago de las costas procesales, limitadas a un importe de 3.000 euros.