Anulan la multa que le impuso la Comunidad a un cazador por una batida de jabalíes
EFE
MURCIA.
Miércoles, 9 de enero 2019, 07:48
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región ha anulado la resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural y Forestal, que impuso una multa de 300 euros a un cazador por haber participado en una batida de jabalí y zorro en una zona que no era terreno cinegético. La sanción de la Dirección General se produjo en abril de 2016 y en su recurso, el cazador, al que igualmente se le retiró la licencia de caza por el plazo de un año, alegó que la batida había sido organizada por una sociedad de cazadores de Mula y que se colocó en el puesto que se le asignó.
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Además, señaló que el hecho de que la misma hubiese sido organizada por la citada entidad nunca le hizo pensar que se había colocado en un terreno no cinegético, como se hizo constar en la denuncia. El TSJ considera que procede anular la sanción porque el apelante no tuvo nunca voluntad de cazar en un espacio no cinegético. Y concluye que «aun actuando con diligencia no podía prever la antijuricidad de su conducta».
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