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Piso en alquiler, en una imagen de archivo.

Tu casero te quiere subir el alquiler: este es el plazo y la forma en la que debe notificarlo para que sea válido

La Ley de Arrendamientos Urbanos se encarga de regular esto, pues la actualización no es automática

Ana de Dios

Martes, 10 de diciembre 2024, 12:40

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El precio del alquiler se ha convertido en uno de los principales problemas para quienes dependen de esta modalidad de vivienda. De hecho, el acceso a una vivienda es una de las principales preocupaciones de los españoles, según el barómetro del CIS del mes de octubre. A pesar de los precios desorbitados y la escasa oferta, el alquiler se ha consolidado como la opción más empleada por aquellos que desean independizarse o tener su propio hogar, ya que, en comparación con la compra, resulta más asequible.

Con la inminente llegada del próximo año, muchos inquilinos comienzan a preguntarse cuánto les subirá el alquiler. En este contexto, la Ley de Vivienda juega un papel fundamental. Entre los puntos que regula, incluye un límite al precio del alquiler para evitar incrementos excesivos. Por ejemplo, en 2024 el porcentaje máximo de subida se estableció en el 3%. Para 2025, el Instituto Nacional de Estadística (INE) será el encargado de determinar el nuevo índice que reemplazará al IPC, con el objetivo de evitar incrementos desproporcionados en las rentas.

Más allá del porcentaje de aumento, si vives en una vivienda alquilada, es importante conocer cómo debe notificártelo el propietario. Según el portal inmobiliario Fotocasa, y de acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), el precio de la renta puede actualizarse solo una vez al año, coincidiendo con la renovación anual del contrato. Sin embargo, esta actualización no es automática. Para que sea efectiva, el propietario debe notificar al inquilino dentro de un plazo establecido.

¿Cómo debe avisarte el propietario la subida del alquiler?

Tal y cómo estipula el artículo 18.2 de la LAU: «La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística».

Esto significa que la subida del alquiler será efectiva un mes después de la notificación. Además, para que esta sea válida, el propietario debe asegurarse de que el inquilino reciba el aviso de forma fehaciente. Por ejemplo, con un correo electrónico, un burofax con acuse de recibo o incluso ponerle una nota en el recibo de pago de la mensualidad anterior. Lo importante es que quede constancia documentada del aviso.

¿Qué pasa si tu casero no te avisa de la subida?

Si el propietario no realiza la notificación con al menos un mes de antelación, como establece la LAU, el inquilino no está obligado a aceptar ni pagar un precio distinto al acordado en el contrato de alquiler. En este caso, la renta permanecerá en el monto previamente estipula.

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