Bono social térmico: estos son los requisitos para solicitar esta ayuda en 2025
Se trata de una subvención para sobrellevar el coste de la factura de la calefacción, agua caliente y cocina y que consiste en un pago único anual
Ana de Dios
Martes, 28 de enero 2025, 11:46
Seguramente, en alguna ocasión hayas oído hablar del bono social eléctrico, que es una ayuda del Gobierno de España cuyo objetivo es ofrecer descuentos en la factura de la luz a consumidores considerados vulnerables, con el fin de proteger a los hogares más afectados por la pobreza energética. En la misma línea, para paliar el elevado coste de las facturas también se ha creado el bono social térmico o bono social de gas.
Publicidad
La principal diferencia entre ambos es que en el bono social eléctrico se realizan descuentos en la factura a los beneficiarios, mientras que en el caso del bono social térmico se trata de una ayuda para la factura de la calefacción, agua caliente y cocina. Esta subvención consiste en un pago único anual en la cuenta bancaria en la que esté domiciliada la factura eléctrica.
A diferencia del bono social de luz, en el cual deben presentarse una serie de documentos a la Comercializadora de Referencia, el bono social térmico se otorgará automáticamente a los beneficiarios del bono social de electricidad a 31 de diciembre del año anterior.
Se trata de una ayuda que ofrece el Estado a través de las Comunidades Autónomas. Cada año, antes del 15 de enero, las Comercializadoras de Último Recurso deben enviar a la Dirección de Política Energética y Minas (DGPEM) el listado de beneficiarios del bono social de luz. En función de la información recibida, el Ministerio para la Transición Ecológica calcula el presupuesto destinado a cada territorio y a cada uno de los beneficiarios, transfiriendo los importes correspondientes a las Administraciones competentes.
Posteriormente, serán las Comunidades Autónomas y las Ciudades con Estatuto de Autonomía quienes realicen el pago de esta subvención a los beneficiarios de su ámbito territorial.
¿Quién puede solicitar el bono térmico?
El bono social térmico está dirigido a usuarios que ya son beneficiarios del bono social de luz, considerados consumidores vulnerables, vulnerables severos o en riesgo de exclusión social. Esto incluye a pensionistas con pensiones mínimas y familias numerosas, aunque no existe un bono específico para ellas.
Publicidad
Requisitos económicos:
-Cuando no existe unidad de convivencia (una sola persona), la renta anual debe ser menor o igual a 12.600 euros.
-Cuando la unidad familiar está compuesta por dos adultos y un menor, la renta anual debe ser menor o igual a 19.320 euros.
-Cuando la unidad familiar está compuesta por dos adultos y dos menores, la renta anual debe ser menor o igual a 23.520 euros.
En el caso de los consumidores considerados vulnerables severos, es decir, en riesgo de exclusión social, son aquellos que, además de cumplir con los requisitos de renta establecidos para los consumidores vulnerables severos, están bajo la asistencia de los servicios sociales. Los límites son los siguientes:
Publicidad
-Cuando no existe unidad de convivencia (una sola persona), la renta anual debe ser menor o igual a 6.300 euros.
-Cuando la unidad familiar está compuesta por dos adultos y un menor, la renta anual debe ser menor o igual a 9.660 euros.
-Cuando la unidad familiar está compuesta por dos adultos y dos menores, la renta anual debe ser menor o igual a 11.760 euros.
Además, a estos usuarios no se les puede cortar el suministro, incluso en casos de impagos.
Publicidad
¿Cuál es el importe a recibir en el bono social térmico?
La cuantía a recibir dependerá de los siguientes factores, siendo el importe mínimo de 40 € hasta el 30 de junio de 2025:
-El grado de vulnerabilidad que el consumidor posea en el bono social de luz.
-La zona climática de la vivienda.
En España se han diferenciado seis zonas climáticas, siendo Alfa la más cálida y la E la más fría. Teniendo en cuenta este factor, el importe económico de la bonificación irá en aumento o en descenso.
Prueba LA VERDAD+: Un mes gratis
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión