Detalles de los fardos de hachís localizados en una narcolancha y una de las imágenes de grabación de dos de los sospechosos que incluye el atestado policial. LA VERDAD

Sale de prisión uno de los acusados de meter hachís por la costa en narcolanchas

La Audiencia acuerda la libertad provisional del propietario de una empresa de Cartagena ante la escasez de indicios que le apuntan en el atestado policial

Lunes, 27 de marzo 2023, 02:26

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial ha ordenado la inmediata puesta en libertad de uno de los detenidos el pasado febrero por su presunta ... integración en una organización criminal dedicada a la introducción de hachís en narcolanchas por La Manga y otras zonas de la costa. En un auto, al que LA VERDAD ha tenido acceso, el tribunal estima el recurso que su letrado defensor, Antonio Casado Mena, presentó contra el auto que le obligó a entrar en prisión. Los magistrados, explican en su resolución, consideran «insuficientes» los indicios existentes actualmente contra él para mantenerlo entre rejas.

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La Audiencia explica que en el atestado policial de esta causa hay una diligencia de 58 páginas dedicada a desgranar los presuntos indicios contra este acusado. Los magistrados remarcan, sin embargo, que «a pesar de su extensión y nombre, apenas contiene cuatro referencias concretas a dicha persona». Este acusado es propietario de una empresa de la diputación cartagenera de Santa Ana que supuestamente, según explica el atestado, sirvió para avituallar embarcaciones dedicadas al transporte de droga.

Cada 15 días al juzgado

La Audiencia remarca que de los 'pinchazos' telefónicos y del registro efectuado en su vivienda, en la que se incautaron, entre otros efectos, dos pastillas por menos de 200 gramos de hachís, «únicamente se deducen indicios de que el recurrente pudo participar en la custodia de una embarcación prohibida, y de que se encuentra en posesión de una cantidad de hachís algo mayor de lo que resulta normal en un mero consumidor». El tribunal, en lugar de la prisión provisional, fija como medida cautelar la obligación de comparecer quincenalmente en el juzgado. Contra esta decisión ya no cabe recurso.

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