El entonces alcalde José Luis Casales, en 2019, saludando a unas vecinas. LV

Exculpan de prevaricación al exalcalde de Albudeite por la adjudicación del coto de caza

El juzgado y la Audiencia dicen que las ilegalidades, de haberlas, no llegarían a la categoría de delito

Martes, 1 de febrero 2022, 02:52

José Luis Casales, quien fue alcalde de Albudeite entre 2019 y 2021, no prevaricó cuando le retiró el coto de caza de la localidad a ... la Sociedad de Cazadores Nuestra Señora de los Remedios, que durante años lo había gestionado, y se lo adjudicó a la Agrupación de Cazadores Virgen de los Remedios, enfrentada con la primera y que estaba encabezada por un antiguo compañero de su candidatura política. Así lo han puesto de relieve tanto el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Mula, en el que recayó la denuncia del presidente de la sociedad afectada por la decisión municipal, como la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, que acaba de ratificar la exculpación del primer edil.

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Los magistrados señalan que las irregularidades que pudieran haberse cometido en el procedimiento de cambio de adjudicatario, en el caso de existir, no contendrían el grado de mendacidad, arbitrariedad y grosería suficientes como para integrar el delito de prevaricación. Una razón por la cual el asunto tendría que ventilarse definitivamente, en el caso de que así lo decidan los damnificados por la decisión, por parte la jurisdicción contencioso-administrativa.

Los hechos que han sido objeto de este pleito se remontan a agosto de 2019, cuando el denunciante, Blas Hurtado, que era presidente de la Sociedad de Cazadores Nuestra Señora de los Remedios, recibió a título personal un burofax del entonces alcalde Casales, en el que le requería para que, en dos días, acreditase el título que le habilitaba para el aprovechamiento cinegético del coto.

El 8 de octubre, el primer edil, perteneciente a Ciudadanos, publicó un bando en el que comunicaba que la mencionada sociedad había generado «dudas» sobre el permiso para utilizar el coto y hacía saber que era la Agrupación de Cazadores Virgen de los Remedios la que se iba a hacer responsable del acotado.

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El afectado interpuso una denuncia en la que sostenía que los terrenos cinegéticos no eran solo de propiedad municipal, pues también había muchos de titularidad privada, y destacaba «la extraña casualidad» de que el presidente de la sociedad beneficiada por la decisión mantuviera «una relación de afinidad y amistad con el alcalde, que ha formado parte de la lista electoral de su partido político, con las que concurrió a las últimas elecciones municipales».

Tras analizar todo el proceso y, conforme sostenían los letrados de la defensa, Manuel Martínez Martínez y Francisco Sarabia Cos, la juez de Mula y ahora la Audiencia llegaron a la conclusión de que no se dan los requisitos del delito de prevaricación, que exigen que la decisión sea absolutamente arbitraria.

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