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Entrada de la Ciudad de la Justicia de Murcia. Guillermo Carrión / AGM

Diez años y medio de cárcel por tratar de matar a su novia en su casa de Cartagena

El hombre, que intentó lanzar a su pareja por la terraza del edificio, deberá indemnizarla en más de 11.000 euros por daños morales y por haberle roto un diente

Alicia Negre

Murcia

Martes, 2 de septiembre 2025, 10:40

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El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha confirmado la pena de hasta diez años y medio de prisión que la Audiencia impuso a un hombre por tratar de matar a su mujer en un piso de Cartagena. Según recoge la sentencia, el procesado trató de lanzar a su entonces pareja por la terraza del edificio donde vivían, no consiguiéndolo al agarrarse ésta de una mesa de cristal.

El condenado y la víctima mantuvieron una relación de pareja con periodos de convivencia y rupturas que se prolongó durante diez años y acabó en agosto de 2023. Según consta en la sentencia, esa relación se vio afectada por el consumo de sustancias -alcohol, cocaína y hachís- por parte de ambos, que provocaba «situaciones de tensión y enfrentamientos verbales», con insultos y faltas de respeto mutuos.

En su último periodo de convivencia, en una casa de Cartagena, explica la resolución, la relación se volvió «especialmente agresiva» por parte de él hacia ella. La noche del 7 de agosto de 2023, tras una discusión, el hombre le dio un fuerte golpe en la cara a su novia, provocándole la pérdida de un diente.

La tarde del 28 de agosto de ese mismo año, se originó otra pelea entre ellos porque ella no quería dejarle su coche. Él, refiere la sentencia, comenzó a golpearla en la cara, arrastrándola por el suelo, dándole patadas y puñetazos por el cuerpo. Luego, le dijo que la iba a arrojar por la terraza, no lográndolo al agarrarse ella a una mesa de cristal. Después, prosigue la resolución, intentó colocar una cuerda en el cuello de su entonces pareja, logrando ella evitarlo.

Tras ser condenado por la Audiencia, el hombre recurrió ante el TSJ alegando que no había existido en él esa intención de acabar con la vida de su novia. La Sala de lo Civil y lo Penal, sin embargo, entiende que la Audiencia «infiere la concurrencia de aquel animus necandi con perfecta razonabilidad y detallada motivación a partir de los hechos declarados probados».

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