La Comunidad pide al Supremo que frene el recorte al Trasvase por el perjuicio a la Región de Murcia
Argumenta en un recurso presentado al tribunal que, científicamente, la subida de caudales en el Tajo resulta «irrelevante» para el medio ambiente
La Comunidad Autónoma ha presentado un recurso ante el Tribunal Supremo contra el real decreto por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas, entre ellas la del Tajo y del Segura, con el objetivo de detener el recorte al Trasvase que, según el Gobierno regional, ya perjudica a la Región.
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El recurso, al que ha tenido acceso LA VERDAD, solicita la suspensión cautelar de la norma que incrementa los caudales ecológicos mínimos del Tajo, alegando que no existe un interés público superior que exija su aplicación inmediata y que la norma genera graves perjuicios económicos y sociales en la Región de Murcia.
El recurso se basa en un análisis exhaustivo de la metodología empleada para la determinación del nuevo régimen de caudales ecológicos para determinar si se ha respondido a criterios técnicos y objetivos, y si se ha tomado en consideración los impactos previsibles sobre las cuencas afectadas. Con esta base se ha fundamentado la solicitud de la adopción de medidas cautelares «con el fin de proteger los intereses de las partes involucradas, en especial los de la Región de Murcia, así como garantizar la integridad de los recursos hídricos y ecosistemas afectados por el Real Decreto recurrido», indican fuentes del Gobierno regional.
«Es fundamental recordar que la planificación hidrológica tiene el doble objetivo de alcanzar el buen estado de las masas de agua y de satisfacer las necesidades hídricas de la sociedad, circunstancia que no se da con la planificación recientemente aprobada, y nos encontramos con importantes e inasumibles problemas de coordinación entre demarcaciones que no están resueltos. La cuestión habría de ser resuelta en el marco de una planificación hidrológica nacional, hoy postergada pese a ser una exigencia de la Ley de Aguas», añaden las mismas fuentes.
La necesidad de solicitar medidas cautelares, junto con la interposición del recurso se fundamenta en que, «como se ha acreditado técnicamente, los daños ambientales y socioeconómicos en la cuenca del Segura son muy significativos y se comienzan a producir inmediatamente tras la aprobación del plan, aunque sus efectos puedan ser diferidos en el tiempo, mientras que por otra parte no se aprecian daños o perjuicios significativos inmediatos sobre la cuenca cedente».
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Perceptible «dentro de unos meses»
El Gobierno regional explica que, desde la entrada en vigor del nuevo plan del Tajo, el pasado 11 de febrero, «se está produciendo diariamente un perjuicio al trasvase, pero que por el momento permanece oculto y no será perceptible hasta dentro de unos meses, cuando las menores existencias embalsadas, consecuencia de la suelta continuada de los nuevos e injustificados caudales adicionales, conduzcan a reducir los volúmenes trasvasados».
Entre los aspectos que se destacan en el recurso presentado al Tribunal Supremo se expone que no se ha probado que el estado de las masas de agua del Tajo, en el tramo de afección al Trasvase, sea malo desde el punto de vista medioambiental, ni que el incremento de los caudales mínimos asegure un mejor estado ecológico de aquellas. «Desde un punto de vista científico, el aumento del caudal circulante resulta irrelevante para el medioambiente. Sin embargo, ese incremento se traduce en importantes pérdidas y una reducción relevante de disponibilidades para la cuenca del Segura», zanja el recurso.
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«La reducción del agua disponible en el Segura tiene múltiples y graves impactos, de alcance sectorial y territorial, sobre la cuenca receptora: tanto de orden medioambiental como económico y social». Además, «no existen argumentos científicos que exijan la aplicación inmediata del nuevo régimen de caudales ni se aprecia perturbación alguna para el interés general, ni para el medioambiente», recoge el documento.
Asimismo, el Gobierno regional también argumenta que «no hay riesgo de que el estado ecológico de las masas de agua de la cuenca del Tajo vaya a empeorar porque se acuerde la suspensión interesada hasta que se resuelva el presente recurso o, en todo caso, hasta que los caudales ecológicos se fijen de acuerdo con los nuevos criterios técnicos y objetivos que está llamado a determinar el Ministerio promotor de la disposición recurrida».
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Para acreditar los presupuestos mencionados y sustentar la solicitud de medidas cautelares, la Comunidad ha adjuntado una Memoria con diferentes trabajos técnicos que se han encargado a diferentes expertos en la materia.
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