Los requisitos que tendrán que cumplir los patinetes en 2024
La DGT avisa a los consumidores de la normativa que entra en vigor el próximo mes de enero
María Ramírez
Jueves, 23 de noviembre 2023, 12:09
¿Tienes previsto comprar un patinete eléctrico en el Black Friday o de cara a la Navidad? La Dirección General de Tráfico (DGT) avisa a los consumidores de la normativa que entra en vigor en 2024 para que los clientes la tengan en consideración a la hora de adquirir este tipo de vehículos.
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Por ello, recordaron este miércoles que a partir del próximo 22 de enero solamente se van a poder comercializar los VMP que estén certificados para su uso. No obstante, los que se comercialicen hasta el 21 de enero de 2024 podrán circular por los espacios permitidos hasta el 22 de enero de 2027, a pesar de que no dispongan de dicho certificado. Pasada esa fecha, tan solo podrán transitar aquellos que cuenten con este documento.
Según el Reglamento General de Vehículos, los VMP son todos aquellos vehículos que constan de una o más ruedas, que están dotados de una única plaza y están propulsados exclusivamente por motores eléctricos (baterías de hasta 100 VCC y con un cargador integrado de hasta 240 VCA de entrada). Estos alcanzan una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Asimismo, solo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistemas de autoequilibrado.
Cómo consultar las marcas ya certificadas
La DGT ha puesto a disposición de los usuarios una página en la que pueden consultar todas las marcas y modelos que ya han sido certificados. Todos los que aparecen en el listado cumplen con los requisitos que exige el Manual de características de los VMP. El catálogo se encuentra en la página web del organismo. En cuanto a las características que deben cumplir, se contemplan las siguientes:
- Velocidad: el máximo permitido es de 25 km/h. Una vez que alcance dicha cifra, el motor dejará de impulsar el mecanismo.
- Sistema de frenado: deben contar con dos frenos independientes que permitan una desaceleración mínima de 3,5 m/s2. Asimismo, los que cuenten con más de dos ruedas, tienen que poseer un freno de estacionamiento.
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- Visibilidad: deben estar dotados de catadióptricos frontales, de color blanco; en ambos laterales, en blanco o amarillo auto, y traseros, en rojo. La luz de freno tiene que estar diferenciada o combinada con el foco trasero.
Además, los VMPS destinados para transportar mercancías u otro tipo de servicios, deben estar equipados con reflectantes laterales amarillos y traseros rojos, en aristas y vértices de la carga. Entre sus características, también se contempla la instalación de intermitentes delanteros y traseros, retrovisores y asistente de marcha atrás.
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Dónde no pueden circular
La DGT recuerda que hay zonas en los que está completamente prohibido circular con cualquier vehículo reconocido como VMP. En concreto, no podrán entrar en travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías. Tampoco podrán hacerlo en túneles urbanos ni por las aceras en ámbito urbano. Su incumplimiento puede acarrear una multa al conductor.
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