Un grupo de tres jubilados, en una imagen de archivo.

El trámite obligatorio que deben hacer todos los jubilados con una pensión no contributiva antes de abril

Este documento es imprescindible para seguir cobrando la ayuda

María Ramírez

Martes, 7 de enero 2025, 20:49

Las pensiones no contributivas de jubilación se otorgan a las personas que no han realizado aportaciones al sistema de la Seguridad Social o no han alcanzado el periodo mínimo de cotización. Estas prestaciones tienen el objetivo de ayudar a aquellos ciudadanos que se encuentran en una situación de vulnerabilidad económica para que puedan cubrir sus necesidades básicas.

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La cuantía anual que se recibe en concepto de esta ayuda se fija cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Para el 2025, tras la revalorización de las pensiones, el importe asciende a 7.905,08 euros. Esta subida responde a la necesidad de garantizar que los jubilados no experimenten una pérdida de poder adquisitivo debido a la inflación.

Uno de los requisitos para poder acceder a ella es no superar un determinado umbral de ingresos. El motivo es que se considera una ayuda para aquellos que no tienen los recursos suficientes para subsistir. Por ello, la Seguridad Social pide realizar un trámite específico que permita conocer la situación económica del beneficiario. Esta gestión es obligatoria y, de no hacerlo en el plazo establecido, se podría perder la pensión.

Qué hay que presentar y cuándo

Para poder seguir cobrando la mensualidad, hay que presentar una declaración de los ingresos. Esto lo establece el artículo 372 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, que indica que «todo beneficiario estará obligado a presentar, dentro del primer trimestre de cada año, una declaración expresiva de los ingresos habidos durante el año anterior».

De acuerdo con esta normativa, este documento deberá estar en manos de la Seguridad Social antes del 31 de marzo de 2025. El incumplimiento de esta obligación da lugar a la suspensión del derecho a percibir la prestación. No obstante, no será de forma permanente.

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El ingreso se reanudará en el momento en el que se regularice la situación. Mientras tanto, no se cobrará el importe correspondiente. El Imserso señala que tiene una retroactividad máxima de noventa días naturales a contar desde la fecha en que se presente la declaración y se acredite que se reúnen todos los requisitos.

Cómo se presenta

El formulario que hay que cumplimentar es remitido por el órgano competente de la gestión de estas pensiones en función del domicilio de la persona (Comunidades Autónomas/Direcciones Territoriales del Imserso). El documento se puede presentar por internet a través de la sede electrónica del Imserso o de manera presencial. Una vez que se haya entregado, se deberá guardar el justificante para demostrar que el trámite se ha realizado correctamente.

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