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Las comunidades tienen que cumplir una serie de criterios para publicar las listas de morosos. C. Espeso

El único motivo legal para publicar la lista de morosos de una comunidad: no basta con la deuda

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece solo un caso que permite colgar este documento en el tablón de anuncios

María Ramírez

Miércoles, 20 de noviembre 2024, 13:02

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La morosidad representa uno de los problemas más frecuentes en las comunidades de vecinos. Cuando un propietario deja de pagar las cuotas mensuales o anuales que se han fijado en los estatutos, se genera un desequilibrio en los fondos del edificio. Esto provoca que puedan surgir dificultades a la hora de cubrir los gastos fijos de la finca, como la luz o la piscina, y que resulte complicado afrontar gastos imprevistos.

La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) establece que todos los titulares deben contribuir en proporción a su cuota de participación, de modo que los servicios y gastos puedan ser asumidos equitativamente. De este modo, no solo los dueños de los pisos tienen que cumplir con esta obligación, sino también los que posean un local comercial. Cabe recordar que el hecho de no usar un servicio común no exime de hacerse cargo de ellos.

El déficit de los fondos puede traducirse también en una futura derrama, ya que si se produce algún desperfecto o hay que arreglar alguna instalación, los residentes se verán obligados a recurrir a aportaciones extraordinarias para cubrir esas facturas. Por este motivo, el presidente o el administrador deben tomar cartas en el asunto y adoptar medidas para resolver los impagos cuanto antes.

Lista de morosos en las zonas comunes

El procedimiento habitual de reclamación comienza poniéndose en contacto con el propietario para exponerle la situación, llegar a un acuerdo con él e informarle sobre las consecuencias que puede acarrear. Se recomienda escuchar sus razones y ofrecerle soluciones para saldar su deuda, como la posibilidad de establecer un plan de pago a plazos que se ajuste a su capacidad económica.

En ocasiones, esta comunicación no da sus frutos y el vecino sigue sin ingresar la cuantía adeudada. Ante este escenario, algunas comunidades han optado por publicar un listado de morosos en el tablón de anuncios. Este documento suele estar expuesto en la entrada del edificio, en el rellano o alguna zona de gran visibilidad. En él, se suele incluir el número del piso, la cantidad que debe, los intereses e incluso su nombre y apellidos.

Sin embargo, la legalidad de esta práctica puede ser cuestionable. Según la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), hay que atender a una serie de supuestos para no violar su derecho a la intimidad. En concreto, la difusión de la lista de un vecino deudor podrá publicarse únicamente en el supuesto recogido en el artículo 9 de la LPH, que señala que su colocación solo está justificada si se pueda acreditar que la notificación al propietario no ha sido posible.

No obstante, desde el punto de vista de la protección de datos, el organismo indica que este documento «no deberá colocarse en un lugar de tránsito fácilmente accesible por cualquier persona». Por lo tanto, se debe elegir una zona que garantice un acceso restringido para no incumplir la ley. De lo contrario, el vecino afectado podría interponer una demanda.

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