Cobrar el paro y la indemnización si dejas tu trabajo de forma voluntaria: estos son los cuatro casos
Hay excepciones por las que los trabajadores pueden recibir estas compensaciones aunque no sean despedidos por la empresa
Ana de Dios
Miércoles, 22 de enero 2025, 18:54
Existen varios motivos por los cuales un trabajador puede no sentirse a gusto en su empresa. Cada vez son más los consideran renunciar debido a condiciones que, a su juicio, resultan inadmisibles. Sin embargo, el mercado laboral actual, en el que encontrar un nuevo puesto puede ser complicado—especialmente en ciertos sectores—hace que muchos sigan desempeñando su trabajo pese a sentirse 'quemados'. Otro motivo es que, en términos generales, quienes abandonan un trabajo de forma voluntaria no pueden percibir la prestación por desempleo.
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Esto se debe a que, según establece la normativa legal, para poder cobrar una prestación por desempleo es necesario que la baja en el trabajo no haya sido voluntaria, pues el sistema de protección por desempleo está diseñado para personas trabajadoras que desean y pueden trabajar, pero se encuentran sin empleo.
También entra en juego el tema de las indemnizaciones, que son pagos realizados por la empresa para compensar ciertas circunstancias, como un despido injustificado. En estos casos, ocurre algo similar a lo del desempleo: si un trabajador deja voluntariamente su puesto, no recibirá indemnización. La empresa solo indemniza al empleado cuando lo despide.
No obstante, no todo está perdido. En algunas situaciones, la permanencia en la empresa puede volverse insostenible. Por ello, la Ley General de la Seguridad Social establece en su artículo 267.2 que no se considerará en situación legal de desempleo a los trabajadores «cuando cesen voluntariamente en el trabajo; salvo lo previsto en el apartado 1.a) 5.º». En total, existen cuatro excepciones a esta regla.
Las cuatro excepciones
Estas excepciones se encuentran recogidas en el artículo 50.1.b del Estatuto de los Trabajadores y se aplican en casos de incumplimientos graves del contrato, en los que el SEPE interpreta que el empleado no desea abandonar la empresa, sino que la empresa lo ha empujado a hacerlo. En estos casos, también se incluye el derecho a recibir una indemnización por parte de la empresa. En concreto, se considera que estarán en situación legal de desempleo aquellos trabajadores que abandonen voluntariamente su trabajo en las siguientes situaciones:
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- Cambios sustanciales en las condiciones laborales que afecten la dignidad del trabajador. Esto incluye modificaciones en la jornada, horario, distribución del tiempo de trabajo, régimen de turnos, salario, sistema de remuneración y cuando las funciones asignadas ya no correspondan a la titulación o sean de un grupo profesional inferior.
- Movilidad geográfica que implique la necesidad de que el trabajador cambie su lugar de residencia.
- Retrasos continuados en el pago del salario o casos en los que la empresa deja a deber el sueldo al trabajador.
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- Incumplimiento grave de las obligaciones empresariales, salvo en situaciones de fuerza mayor. Esto también se aplica si el empresario se niega a readmitir al trabajador después de una sentencia judicial que le obligue a hacerlo.
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