Los contribuyentes que podrán beneficiarse de la nueva deducción de hasta 340 euros en la próxima declaración de la Renta
Esta medida tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025
Ana de Dios
Martes, 2 de septiembre 2025, 10:37
El pasado 30 de junio finalizó el plazo para presentar la Declaración de la Renta de 2024, de hecho, muchos contribuyentes que tenían derecho a devolución ya han recibido el importe correspondiente por parte de la Agencia Tributaria. Aunque todavía falta tiempo para el inicio de la campaña de la renta de 2025, ya se ha aprobado una nueva deducción que beneficiará a ciertos ciudadanos a partir del próximo año gracias a la Ley 5/2025.
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Esta novedad fiscal llega tras la modificación de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que incluye una nueva disposición adicional que entra en vigor con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2025. Su objetivo principal es aliviar la carga fiscal de los trabajadores con ingresos bajos, adaptando el sistema impositivo.
A quién está dirigida esta nueva deducción
La nueva deducción está dirigida «a contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo derivados de la prestación efectiva de servicios laborales o estatutarios, cuyos ingresos anuales sean inferiores a 18.276 euros». Además, para poder acceder a esta ayuda, es necesario que no se tengan otras rentas distintas a las del trabajo superiores a 6.500 euros, excluyendo las rentas exentas, lo que limita el beneficio a un sector específico de trabajadores con ingresos modestos.
El importe de la deducción varía en función de los ingresos del contribuyente. Para quienes perciban rendimientos iguales o inferiores a 16.576 euros anuales, la deducción será de 340 euros al año, un importe fijo que representa un alivio directo en su factura fiscal. Para los trabajadores cuyos ingresos estén comprendidos entre 16.576 y 18.276 euros, la deducción será menor: 340 euros menos el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre los rendimientos íntegros del trabajo y 16.576 euros anuales.
Asimismo, la ley establece que «el importe de esta deducción no podrá exceder la parte proporcional de la suma de las cuotas íntegras estatal y autonómica que corresponda a los rendimientos netos del trabajo considerados para la base liquidable». Esto significa que la deducción estará limitada a la cuota efectiva que el contribuyente debe pagar, evitando que se generen deducciones superiores al impuesto a satisfacer.
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Finalmente, el importe de esta deducción se restará de la cuota líquida total del impuesto, una vez aplicadas otras deducciones previstas en la ley.
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