La Ley de la Cadena regula las relaciones comerciales para evitar desequilibrios
Busca precios más justos para todos los operadores e incrementa el catálogo de prácticas desleales
Cristina Heredia.
MURCIA
Martes, 7 de marzo 2023, 20:15
La reforma de la Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, introducida por la Ley 16/2021, constituye «un elemento clave para lograr unas relaciones comerciales más justas, equilibradas y transparentes en la cadena alimentaria». «En la cadena alimentaria se dan además ciertas circunstancias que exigen un impulso decidido por parte del legislador, ya que en buena parte de las transacciones realizadas se ven involucrados productos perecederos, cuya aptitud comercial va a ser necesariamente limitada y que por lo tanto suponen una exposición mayor a ciertas prácticas comerciales. Es, pues, un sector especialmente vulnerable y está sujeto a más desequilibrios que otras ramas de actividad», explican desde el servicio jurídico de Fecoam.
Como explican los responsables de la normativa, con esta modificación publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) hace ahora algo más de un año, los productores ven reforzada su posición negociadora y pueden lograr de esta manera una remuneración digna por su trabajo.
España, que ya era pionera en regulación de las prácticas comerciales en el ámbito de la Unión Europea (UE), mejoró con esta reforma su legislación en materia de contratación alimentaria. Además de incorporar a nuestro ordenamiento jurídico la directiva comunitaria 633/2019 relativa a las prácticas comerciales desleales en la cadena alimentaria, la nueva norma recogió una reforma ambiciosa que traducida en importantes mejoras para el funcionamiento de las relaciones comerciales en la cadena. Con el objetivo de lograr unos precios más justos para todos los operadores, en particular los más débiles, los productores, la norma prohibe la destrucción de valor. De esta forma, cada operador de la cadena alimentaria debe pagar al operador inmediatamente anterior un precio igual o superior al coste de producción asumido. Por lo tanto, los costes de producción se constituyen como la base de la negociación de los contratos escritos.
Establece la obligatoriedad de formalizar el contrato por escrito en todas las operaciones comerciales superiores a 1.000 euros
La Ley de la Cadena establece la obligatoriedad de formalizar el contrato por escrito en todas las operaciones comerciales, salvo las de precio inferior al indicado por la normativa de lucha contra el fraude (1.000 euros en la actualidad) y las operaciones con pago al contado.
En la primera venta de productos del sector pesquero y acuícola, realizadas en lonjas o mediante subasta a la baja, se dará por válida la sustitución del contrato por la factura y la documentación prevista en la normativa pesquera. Como nuevos elementos del contrato se incorpora la indicación de las categorías y referencias contratadas, la referente a la determinación del precio del contrato o a la indicación del mecanismo de resolución de conflictos.
La norma señala que no se pactarán actividades promocionales que induzcan a error sobre el precio e imagen de los productos, ni perjudiquen la percepción de la calidad o valor de los productos agrarios o alimentarios.
De igual forma, la nueva ley incrementa el catálogo de prácticas comerciales desleales y se incluyen nuevas infracciones. En particular, se prohibe la venta desleal a los consumidores, que se considerará como «venta a pérdidas», de tal forma que la distribución no podrá ofrecer al público productos alimenticios a un precio inferior al precio pagado por su adquisición.
Aplicación trasversal
La Ley de la Cadena se aplica al conjunto de actividades que lleven a cabo los distintos operadores que intervienen en la producción, transformación y distribución de los productos agrarios. Una importante novedad es que se incluye en el ámbito de aplicación de la ley a las empresas de hostelería y restauración con un volumen de facturación superior a diez millones de euros y las empresas en actividades de servicios de alojamiento con un volumen de facturación superior a los 50 millones.
Asimismo, con la reforma se incluye un mayor número de productos agrarios no alimentarios, como los productos de lino en bruto, corcho natural, cáñamo, tabaco en rama plantas vivas y productos de floricultura.
Para dotar de mayor transparencia a las relaciones comerciales y más seguridad a los productores, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación creará un registro digital de contratos alimentarios.
Por su parte, el Observatorio de la Cadena Alimentaria ampliará sus funciones en su tarea de mejorar la transparencia y eficacia de la cadena, mediante la elaboración de informes sobre formación de precios, la actualización de índices de éstos y costes de producción de alimentos, y el impulso de estudios sobre innovación en el sector agroalimentario.
Para llevar a cabo las tareas de control, la ley reforzó el papel de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), a la que reconoce como autoridad de ejecución nacional para velar por el cumplimiento de la Ley de la Cadena y que está dotando de transparencia y equilibrio al sector agroalimentario, con un total de 7.600 actuaciones en 2022 que dan dado lugar a 292 expedientes sancionadores y 69 publicado por ser sanciones «graves o muy graves».
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