Estos son los requisitos para solicitar el subsidio del SEPE para liberados de prisión
El Servicio de Empleo Público Estatal contempla esta ayuda para aquellos que han cumplido una condena de más de seis meses de duración
LA VERDAD
Domingo, 26 de febrero 2023, 20:12
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) informa en su página web de la existencia de un subsidio para las personas que dejan la cárcel tras haber permanecido en prisión durante más de seis meses. Las prestaciones por desempleo tienen diferentes modalidades que cubren a los ciudadanos en circunstancias muy diversas. También existe una prestación para 'personas liberadas de prisión' y que no se encuentran en situación de desempleo.
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Para realizar el trámite de esta prestación del SEPE debes acceder a la sede electrónica del Ministerio de Trabajo y seleccionar la opción 'Procedimientos y servicios', 'Personas', después pulsar la opción 'Protección por desempleo', 'Solicitud de prestaciones', 'Trámites en línea' y, por último, debes seleccionar 'Solicitud de subsidio para liberado de prisión'.
Después explica cuáles son los requisitos principales para pedir este subsidio, para hacer el trámite online debes seleccionar la opción 'Continuar'. En el caso de que prefieras realizar este trámite en persona deberás acudir a tu Oficina de Empleo para ser atendido. A continuación, la acción que solicitas requiere identificación en el sistema, puedes acceder con usuario y contraseña proporcionado por Cl@ve, con tu certificado digital, DNI electrónico o puedes acceder por Cl@ve.
Requisitos para solicitar el subsidio de liberados de prisión
1. Tiene que haber sido liberado de prisión, siempre que la privación de libertad haya sido por un tiempo superior a seis meses. Los menores liberados de un centro de internamiento mayores de 16 años, también pueden beneficiarse de esta ayuda, en el momento en el que son puestos en libertad y las personas que hayan concluido un tratamiento deshabilitador de su drogodependencia, siempre y cuando, su duración sea superior a 6 meses y haya visto remitida su pena privativa de libertad.
2. Tiene que estar desempleado.
3. No tener derecho a la prestación contributiva por desempleo, el paro.
4. Tiene que estar inscrito como demandante de desempleo. Tras salir de prisión hay un mes de plazo para apuntarse al paro y después de estar apuntado en el paro, hay que dejar pasar un mes de espera antes de pedir la ayuda.
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5. No haber rechazado una oferta de colocación adecuada, ni haberse negado a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, desde la correspondiente inscripción como demandante de empleo.
6. No tener rentas propias de cualquier tipo que sumen más del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
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