Cuántos días puedes acumular con la reforma del permiso de lactancia que ya está en vigor.

Qué ha cambiado con la reforma del permiso de lactancia que ya está en vigor

Los padres y madres pueden disfrutar de esta novedad desde el pasado 22 de mayo

Ana de Dios

Jueves, 30 de mayo 2024, 18:15

El 22 de mayo entró en vigor el nuevo permiso de lactancia. El también conocido como 'permiso para el cuidado del hijo lactante' es un permiso retribuido recogido en el artículo 37.4 del Estatuto de los trabajadores. Este, que desde el año 2019 pueden disfrutar también los padres, da al trabajador el derecho a ausentarse del puesto de trabajo para atender a su hijo hasta que el niño cumpla 9 meses. Sin embargo, este es intransferible, según recoge la normativa.

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También existe la posibilidad de que una vez cumplidos los nueve meses, extenderlo hasta los 12, pero en este caso no sería remunerado y deberían acogerse a la prolongación los dos progenitores.

La principal novedad que queda reflejada en el Real Decreto-ley 2/2024 es la acumulación del permiso en jornadas completas. Y es que hasta esa fecha la acumulación en jornadas completas solo estaba permitida si así lo indicaba el convenio colectivo aplicable al trabajador o cuando se llegaba a este acuerdo con la empresa. Sin embargo, a partir de ahora, el trabajador que lo desee puede sustituir el disfrute de la ausencia del trabajo hasta que el menor cumpla 9 meses por su acumulación en jornadas completas, aunque su convenio colectivo no lo establezca.

Qué es posible hacer con este permiso

- Ausentarse una hora diaria.

- Ausentarse dos fracciones al día (no se exige que las dos fracciones sean iguales o que cada fracción deba tener una duración mínima predeterminada).

- Reducir media hora la jornada laboral al principio o al final.

-Acumular el permiso en jornadas completas.

¿Cuántos días podría acumular?

El número total de jornadas varía. El permiso de lactancia acumulado con derecho a remuneración consiste en una hora por jornada laboral desde que te reincorporas del permiso por nacimiento hasta que el bebé tiene nueve meses. Por lo que depende de los días laborables que haya tras el permiso por nacimiento, el tipo de jornada -completa o parcial-, etc. Por lo general, lo habitual para un trabajador a jornada completa es de unos 12 a 14 días.

Sin embargo, el Gobierno anunció que se había alargado hasta los 28 días. Esto solo es posible en casos excepcionales, como los partos dobles o también para aquellos empleados con jornadas parciales.

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Cómo solicitarlo

Para solicitarlo solo es necesario presentar un escrito al departamento de recursos humanos de la empresa en la que trabajas con una anticipación mínima de 15 días antes de la fecha deseada para iniciar el ejercicio de este permiso de lactancia. En el documento se debe reflejar la voluntad del padre o madre de solicitar el permiso, incluyendo los datos esenciales y las fechas relevantes es suficiente. Esta solicitud puede ser entregada en formato físico o digital, siempre solicitando que la empresa confirme la recepción y la aprobación de lo solicitado.

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