Ayuda de 200 euros: esta es la fecha desde la que se podrá solicitar el nuevo cheque
Los posibles beneficiarios contarán con un mes y medio para pedirla
La nueva ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio ya está muy cerca. El Ministerio de Hacienda ya ha activado la página web de la Agencia Tributaria para solicitar el nuevo cheque, que está entre las medidas del Gobierno para combatir la inflación y las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. Esta ayuda está pensada para apoyar a las personas en situación de vulnerabilidad económica que cumplan con los requisitos establecidos.
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Consiste en un pago único de 200 euros que los beneficiarios recibirán mediante transferencia bancaria. El plazo para solicitarla será de un mes y medio: en concreto, se abrirá el próximo 15 de febrero y estará activo hasta el 31 de marzo. Para recibirla habrá que presentar unas rentas inferiores a 27.000 euros anuales y un patrimonio inferior a 75.000 euros, cómputo que se realizará con fecha del pasado 31 de diciembre. Si se trata de un matrimonio o pareja de hecho, el cómputo deberá ser conjunto y también se incluirá el de los menores y ascendientes que residan en el mismo hogar.
La solicitud se realizará a través de un formulario en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, donde se deberá incluir el número de cuenta bancaria del titular de la solicitud donde se ingresará el pago en caso de ser aprobada. Si el solicitante recibe una respuesta negativa dispondrá un plazo de diez días para presentar alegaciones, documentos o justificantes que considere pertinentes.
Según el Ministerio de Hacienda, el concepto de esta ayuda es similar al cheque que se puso en marcha el pasado verano, también destinado a todas las personas físicas de bajo nivel de ingresos, ya fueran asalariados, autónomos o desempleados. Sin embargo, hay cierta polémica en función de los potenciales beneficiarios, pues ciertos colectivos se quedarán fuera de la ayuda a pesar de que cumplan los requisitos económicos. Se trata de las personas que estén cobrando el Ingreso Mínimo Vital o los pensionistas de la Seguridad Social.
Tampoco será accesible para las personas beneficiarias individuales cuando, durante 2022, fuesen administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiese cesado en su actividad a 31 de diciembre de 2022, o fuesen titulares de valores representativos de la participación en fondos propios de una sociedad mercantil no negociados en mercados organizados.
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