Aprueban los Presupuestos de 2025 de Totana
Las cuentas se han sometido a la cuestión de confianza y no se ha presentado una moción de censura durante el plazo legal establecido
LA VERDAD
Martes, 8 de julio 2025, 13:17
El alcalde de Totana, Juan Pagán, informó este martes en rueda de prensa de la aprobación de forma inicial del presupuesto municipal de 2025, tras someterse la cuestión de confianza vinculada a este asunto y no registrarse una moción de censura durante el último mes por parte de los grupos de la oposición.
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El documento se remite este martes al Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) y hay 15 días hábiles desde su publicación para presentar alegaciones al proyecto de presupuestos.
El Pleno del Ayuntamiento de Totana, gobernado en minoría por el popular Juan Pagán, había rechazado el pasado 5 de junio, en sesión extraordinaria, la cuestión de confianza vinculada al presupuesto municipal de 2025. Tuvo los votos en contra de toda la oposición (a excepción del edil no adscrito), los grupos Ganar Totana-IU, el PSOE y Vox.
El rechazo de la cuestión de confianza vinculada al proyecto presupuestario para este ejercicio fue apoyado en sesión plenaria celebrada solamente por los ediles del PP y el concejal no adscrito Manuel Cánovas, dando pie al comienzo de la cuenta atrás para la aprobación de las nuevas cuentas.
Según marca la ley, se abría un plazo de un mes para que la oposición pudiera armar una moción de censura. Ese plazo finalizó este pasado lunes 7 de julio. Si no hay moción de censura, la legislación establece que el presupuesto queda aprobado automáticamente.
La creación de la cuestión de confianza busca dotar a los Ayuntamientos de un instrumento que les permita superar las situaciones de rigidez o de bloqueo en el proceso de toma de decisiones en el desarrollo del gobierno municipal, según establece la normativa.
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Así, ante la perspectiva de no obtener la mayoría suficiente, el alcalde puede plantear una moción de confianza vinculada a la aprobación del presupuesto. Esta se entiende otorgada si en el plazo de un mes desde la votación de rechazo no se presenta una moción de censura con candidato alternativo o, presentada, no prospera.
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