El Supremo obliga al CGPJ a investigar los retrasos de una juez de Cartagena
Una vecina denunció que habían transcurrido dos años sin establecer medidas provisionales en un asunto sobre la custodia de una hija
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha obligado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a abrir una investigación sobre un ... juzgado de Cartagena, el de Primera Instancia número 6, por las supuestas demoras injustificadas o por la aparente desatención en que habría incurrido en un asunto de familia, en el que tardó al menos dos años en pronunciarse sobre unas medidas provisionales solicitadas por una vecina del municipio costero. El Alto Tribunal ha impuesto además el pago de las costas del recurso, con un límite de 4.000 euros, al propio CGPJ, que rechazó efectuar las comprobaciones oportunas para determinar la veracidad o no de la denuncia formulada por la mujer y si, como ésta afirmaba, existió un anómalo funcionamiento de la Administración de Justicia.
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Todo este asunto tiene su origen en la demanda de modificación de medidas de guarda y custodia que una vecina de Cartagena presentó en abril de 2017 respecto de una hija menor de edad. La mujer alegaba que habían variado sustancialmente las circunstancias que determinaron, en su día, que la guarda y custodia de la chica se asignara al abuelo materno. Y reclamó que en tanto se adoptaba una decisión sobre el fondo del asunto, el juzgado fijara unas medidas provisionales sobre el uso del domicilio familiar y la pensión alimentaria a satisfacer. La respuesta del juzgado, encabezado por la magistrada Concepción Ruiz, fue fijar la comparecencia para esas medidas provisionales para el 3 de mayo de 2018, esto es, un año después, y además señalar para ese mismo día la vista sobre el fondo del asunto.
Por razones ajenas al juzgado se tuvo que suspender ese acto y la nueva comparecencia se fijó al cabo de otro año, el 18 de junio de 2019, agrupando además las medidas provisionales con la vista sobre la guarda y custodia de la menor. Que para ese momento, además, ya había dejado de serlo, pues había cumplido los 18 años.
El juzgado hizo coincidir la comparecencia de las medidas urgentes con la vista para decidir sobre el fondo del asunto
En estas circunstancias, la mujer presentó una queja en el CGPJ y reclamó que se investigaran las razones por las que habían transcurrido dos años sin tener fijadas unas medidas provisionales. Pero el órgano de control de los jueces acordó el archivo de la diligencia informativa, argumentando que el juzgado tenía una excesiva carga de trabajo, con entradas de asuntos que superaban el 200% sobre los indicadores fijados por el CGPJ, y que además la juez estaba demostrando «una sobresaliente dedicación», al tener una tasa de resolución de asunto que llegaba a duplicar los criterios generales establecidos.
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Recurso de alzada
La afectada no se conformó con esa respuesta y recurrió en alzada, aduciendo que, al margen de la situación de colapso del juzgado, lo cierto es que a ella se le habían causado importantes perjuicios. Y reclamaba que se investigara lo que afirmaba que era un proceder habitual es ese juzgado, que era hacer coincidir la comparecencia de las medidas provisionales con la vista sobre el fondo del asunto. «Se crea así la ficción de que se está cumpliendo con el trámite urgente que prevé la ley con esas medidas (provisionales), cuando en realidad se está encubriendo que no se llevan a cabo tales medidas provisionales, pues se señalan el mismo día que el juicio principal», advirtió.
El CGPJ volvió a rechazar la apertura de una investigación, sin siquiera contestar a esta última alegación, por lo que la mujer presentó un recurso contencioso ante el TS, de la mano del abogado José Carrillo Romero. Y el recurso ha prosperado íntegramente, pues señala la Sala que la sobrecarga de trabajo del juzgado «no excluye 'per se' la posibilidad de un anómalo funcionamiento». De ahí que obligue al CGPJ a abrir una investigación sobre ese juzgado.
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