Tres años de prisión para un clan que fletaba pateras desde Argelia
Cuando los ciudadanos extranjeros llegaban a España, la organización los escondía hasta su traslado a Francia
L. G.
Viernes, 31 de mayo 2024, 00:33
La Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, dictó distintas penas de cárcel para los ocho miembros de una banda –seis de ellos de la misma familia– radicada en Fuente Álamo que traficaba con personas desde el norte de África. Los acusados mostraron su conformidad al inicio del juicio oral después de que sus abogados llegaran a un acuerdo previo con la Fiscalía.
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Al líder del grupo, E.M.K., de 52 años y nacionalidad marroquí, se le impuso la mayor condena –tres años y once meses de prisión– por un delito de tráfico ilegal o inmigración clandestina de personas con destino a España u otro país de la Unión Europea. Para su esposa la pena fue de un año y seis meses de prisión, mientras que para el resto de acusados, tres años y un día de cárcel.
La sentencia, a la que tuvo acceso LA VERDAD, prueba que «al menos desde septiembre de 2020 y hasta el momento de su detención, el líder dirigió una organización estable y jerarquizada en la que, gracias a la perfecta distribución de las tareas entre sus miembros, se dedicó a disponer y organizar el tránsito irregular de personas de nacionalidades argelina y marroquí desde las costas de Argelia hasta España». A cambio, exigían «elevadas cantidades de dinero a los ciudadanos que transportaban o a sus familias». El transporte, principalmente con destinos en las provincias de Murcia y Almería, se efectuaba mediante embarcaciones conocidas como «pateras, pilotadas por patrones integrantes de la misma organización».
Cuando los ciudadanos extranjeros se encontraban en España, «la organización escondía tanto a estos como a los patrones no retornados temporalmente en tres inmuebles de Fuente Álamo y Las Palas». Posteriormente, «como culminación de la operación previamente realizada, disponían lo necesario para su traslado a Francia, destino habitual de los ciudadanos argelinos». La sentencia deja probado además que «en los operativos desplegados por los acusados para conseguir su ilícito objetivo, empleaban medidas de 'contra vigilancia' para eludir la acción policial».
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