La justicia absuelve a los dueños de un 'putipub' de Fortuna en el que mujeres indocumentadas y una menor ofrecían sexo
El juez entiende que no ha quedado probado que los dueños del Delfos «llegaran a recibir ni un euro» por el negocio sexual
La justicia considera que los propietarios del Delfos, uno de los 'putipubs' (tal y como los denominó la propia Policía) más conocidos de Fortuna, no ... explotaron sexualmente a las mujeres -indocumentadas y alguna incluso menor de edad- que ofrecían en él sus servicios sexuales. El Juzgado de lo Penal número 1 de Murcia, en una sentencia reciente, absuelve a los gerentes del establecimiento -José G. R. y su hijo José S.G.- del delito de prostitución del que venían acusados y por el que llegaron a afrontar hasta 21 años de prisión. La sentencia sí los condena, sin embargo, a dos años de cárcel -cada uno- por la explotación laboral de estas mujeres.
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Los dos acusados, que han estado defendidos por el letrado Francisco Bernal -en sustitución de Manuel Maza- y Pablo Martínez, regentaban este conocido local de Fortuna en fechas que, especifica la sentencia, se remontan a 2015 y hasta el 18 de abril de 2018. Allí tenían a varias mujeres trabajando como camareras sin realizar ningún tipo de contrato laboral y sin darlas de alta. La sentencia reconoce que las camareras, procedentes de Brasil, Rumanía, Marruecos y Ecuador, debían engatusar a los clientes para que consumieran el mayor número de copas posible y para que las invitaran. Para ello, subraya el juez, las mujeres recibían «indicaciones o sugerencias -no imposición de ningún tipo-» para que llevasen ropa provocativa, se mostrasen cariñosas con los clientes, hasta tal punto que debían hacerles tocamientos en sus partes íntimas y dejarse tocar.
30 euros al día
Cuando la situación subía de tono, había espacios reservados donde estos tocamientos podían efectuarse de forma más intensa e insistente. Aquí, las mujeres llevaban menos ropa aún que en la zona común y hacían estriptis, tal y como explica la resolución. A cambio, las mujeres recibían un salario de 30 euros por día, más el 50% del precio de las copas a que eran invitadas por clientes.
El magistrado entiende que las chicas aceptaban tener relaciones sexuales completas con los clientes pero incide en que ello se realizaba siempre fuera del local y que lo que cobraban se lo quedaban ellas «sin que conste ninguna prueba de que los acusados llegaran a recibir ni un solo euro de estas actividades». El juez remarca que ninguna de las numerosas testigos ha dicho que se le haya compelido a ejercer la prostitución ni que se empleara violencia o intimidación para ello. Además, el juez hace hincapié, en su resolución, en que los agentes de Policía redactores del atestado tuvieron una actuación «poco objetiva» y «más bien engrandecieron lo que no era tan grande».
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Con esta argumentación, absuelve a los dos procesados del delito de prostitución del que estaban acusados. El magistrado sí condena a ambos por delitos de explotación laboral. En la sentencia remarca que la jornada laboral tenía una duración de hasta doce horas diarias, siete días a la semana y que las trabajadoras no contaban con contrato ni estaban dadas de alta.
«Los acusados no se lucraron de la prostitución ni la promovieron»
«Hacerse cargo de un juicio a un mes de la vista y con prueba preconstituida es complejo; muchas de las testificales ya te llegan grabadas en vídeo y no tienes capacidad de interrogar a esas personas. Por suerte se pudo interrogar a otros testigos, a los agentes de policía y analizar detalladamente cada testimonio previo para demostrar que los acusados no se lucraron de la prostitución ni la promovieron», remarca Pablo Martínez, uno de los letrados defensores. «Me alegro mucho por los acusados pues siempre defendieron este extremo y han recuperado ese honor que sentían perdido por la acusación».
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