Una juez no ve delito en las acusaciones de José López contra Arroyo y su padre
La magistrada admite que algunas expresiones son «malsonantes», pero cree que tales excesos son permisibles en aras de la libertad de expresión
Acusar a un empresario de Cartagena de estarse beneficiando del hecho de que su hija, Noelia Arroyo, sea vicealcaldesa de la localidad, primero, y más ... tarde alcaldesa, sacando beneficio «de estos gobernantes mediocres y aprovechados que apañan al padre» y disfrutando de esa forma «de subvenciones, del dinero del Ayuntamiento...», no constituye delito de calumnias ni de injurias. Y utilizar ante decenas de simpatizantes frases como «putos insultos... Llamo murcios a los que nos roban... a la puta Murcia. Ya está bien de tantas injusticias. Las verdades como puños y si hace falta a la cara, que es donde hay que dárselas», en un tono de gran excitación y alzando en alto uno de sus puños, tampoco supone incurrir en un delito de incitación al odio.
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Así lo sostiene la titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Cartagena, María Pascual Hernández, quien en un reciente auto ha inadmitido a trámite la querella presentada hace unos meses contra el concejal cartagenero y líder de Movimiento Ciudadano (MC), José López Martínez, por el padre de la hoy primera edil de la ciudad portuaria, Noelia Arroyo.
En su resolución, la magistrada afirma, respecto de las imputaciones de que el padre de la alcaldesa se está beneficiando económicamente del cargo que ostenta su hija, que tales manifestaciones se han realizado «con ausencia de rigor informativo», pero cree a la vez que «no revisten los caracteres de la calumnia», ya que no se atribuye al afectado –el empresario– un hecho delictivo «concreto, preciso y detallado». Y citando al Tribunal Constitucional (TC) indica que «ciertos excesos son permisibles y pueden quedar cobijados en la libertad de expresión o información siempre que aparezcan como una forma de reforzar la crítica».
Decir «llamo murcios a los que nos roban... a la puta Murcia» no es delito de odio, porque no supone «un peligro relevante»
«No hay un peligro relevante»
Por lo que se refiere a las «verdades como puños» que José López animaba a lanzar «a la cara» de algunos, «que es donde hay que dárselas», la juez Pascual reconoce que «es pública y notoria la vehemencia con la que el querellado expresa sus ideas políticas, defiende sus ideales y ataca al contrario». Sin embargo, atendiendo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS) expone que ello no constituye un delito de incitación al odio, «pues aunque ciertamente son expresiones malsonantes y hasta pudiera decirse que de mal gusto», en ningún caso aprecia que ello pueda degenerar en «un peligro relevante» para nadie.
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Una de las claves a la hora de dictar la resolución por parte de la magistrada la conforma el hecho de que la querella fue presentada por el padre de la alcaldesa y no, como se reseña en el auto en varias ocasiones, por ella misma, «que no se constituye en parte querellante ni suscribe la querella». Una circunstancia que resulta relevante, por cuanto Noelia Arroyo era la principal destinataria de las furibundas arremetidas de José López, aunque utilizara al padre para atacarla.
La inadmisión de la querella no ha sido recibida de buen grado por la parte querellante, que a través del letrado Francisco Valdés-Albistur Hellín ha interpuesto un recurso en el que niega que las atribuciones de López al empresario, acusándole de sacar tajada del cargo de su hija, se queden en meras «opiniones». Al contrario, insiste en «la gravedad de la ofensas» y en el hecho de que el líder de MC y su compañera María Josefa Soler –también querellada–, por su condición de concejales «son sabedores de que el Ayuntamiento jamás concedió subvenciones» al padre de la alcaldesa.
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Y resalta el hecho de que «para censurar la actividad política de Noelia Arroyo no es necesario recurrir a la figura de su padre y al negocio con el que lleva ganándose la vida más de 30 años».
«Por qué han de soportar sus familiares –se pregunta– las afrentas y falacias de los querellados». Y reclama que admita la querella y se abran diligencias.
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