Un incendio forestal en Jumilla, en una imagen de archivo. Guillermo Carrión / AGM

La Consejería de Medio Ambiente regula las actividades y el tránsito en los montes para evitar incendios forestales

Las medidas incluyen la limitación del empleo de maquinaria y el paso de vehículos y se aplican desde el 18 hasta el 21 de julio

EP

Jueves, 17 de julio 2025, 12:03

La Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación, mediante una resolución de la Dirección General de Patrimonio Natural y Acción Climática, puso en marcha un conjunto de medidas extraordinarias para prevenir incendios forestales, debido a la previsión del episodio de calor extremo, junto con vientos föhen, que afectará a la Región de Murcia del 18 al 21 de julio.

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La resolución contempla la limitación del empleo de maquinaria para realizar trabajos en terreno forestal por las altas temperaturas previstas, que suponen un incremento del riesgo de incendio. Además, prohíbe expresamente realizar cualquier tipo de trabajo que precise el empleo de la siguiente maquinaria: equipos radiales, soldadura, desbrozadora de disco o astilladora en la superficie de uso forestal y en la franja comprendida alrededor de esta en 100 metros de distancia. La prohibición se mantendrá desde el 18 hasta el 21 de julio (ambos inclusive).

Los trabajos en áreas forestales autorizados deberán realizarse entre las 6.00 y las 13.00 horas, siguiendo las pautas marcadas en la resolución, con excepción del uso de calderas para extracción de aromáticas o aprovechamientos apícolas, que podrán ejecutarse entre las 5.00 y las 13.00 horas. Los trabajos de reparación de caminos que no conlleven el uso de la maquinaria citada quedan exentos de lo anterior.

Esta medida también prohíbe realizar actividades como el lanzamiento de pirotecnia a menos de 400 metros de terreno forestal, a excepción de la terrestre de menos de dos metros de vuelo sobre el suelo; encender fuegos en áreas recreativas y celebrar pruebas o competiciones de vehículos a motor que atraviesen terrenos de monte público o privado.

Se limita el tránsito rodado para vehículos y maquinaria a motor por determinados viales que atraviesen terrenos forestales desde las 6.00 horas del día 18 de julio hasta las 7.00 horas del día 22 de julio, con excepciones como accesos a viviendas, propiedades y explotaciones forestales o mineras que se encuentren en el ámbito forestal.

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También será una excepción el acceso y vuelta entre las 21.00 y las 6.00 horas para cazadores en modalidad de aguardo, cuando el recorrido a pie sea de más de tres kilómetros, y en especial cuando pueda afectar a personas con limitaciones de movilidad. No se ve limitada la función de vigilancia medioambiental que realizan los agentes medioambientales y otras autoridades o empleados públicos, ni los accesos por pistas forestales asfaltadas, cuando por razón de seguridad esté justificado.

Los agentes medioambientales velarán por el cumplimiento de estas medidas de prevención de incendios forestales y los efectivos de la Unidad de Defensa contra Incendios Forestales (UDIF), adscritos al Plan Infomur, se mantendrán en estado de alerta.

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