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Tumban la denuncia de la prórroga de Hidrogea acordada en la etapa de López

El juzgado declara ilegal el acuerdo del gobierno, que no revisó antes si era nula la ampliación del contrato del agua y que impidió alegar a la concesionaria

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Sábado, 1 de junio 2019, 10:23

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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de Cartagena anuló, por ser contrario a derecho, el acuerdo de la Junta de Gobierno Local por el cual el Ayuntamiento denunció con un año de antelación la prórroga tácita del contrato del servicio municipal de aguas, por si la ampliación de aquél hasta el año 2042 resultaba ser nula.

En una sentencia dictada el 27 de mayo, y a la que accedió 'La Verdad', el juzgado tumba la decisión adoptada el 21 de diciembre de 2016 por la Junta, con José López como alcalde-presidente, y estima el recurso presentado por la empresa Hidrogea. La resolución declara «la ilegalidad» del acuerdo, entre otras cosas, porque el Ejecutivo que encabezaba el concejal de MC actuó «sin haber dado audiencia a la concesionaria para que alegara sus objeciones». Solo comunicó lo decidido a la empresa y eso «generó indefensión» a esta, en una vulneración de la Ley de Contratos del Sector Público y la normativa sobre Régimen Local.

El acuerdo fue propuesto por el entonces concejal de Hacienda, el socialista Francisco Aznar, y apoyado por unanimidad por los seis ediles que integraban la Junta: tres de MC y tres del PSOE. Y, según recoge la sentencia, el Consistorio actuó «sin el sustrato jurídico previo de existencia de un régimen de prórrogas forzosas (ni tan siquiera la expectativa de ello)», sin el cual «no se puede aprobar o denunciar este tipo de prórroga inexistente».

El Ayuntamiento, explica el magistrado Andrés Montalbán, aprobó la denuncia «conforme al régimen jurídico contractual anterior al acuerdo de 2003» del Pleno del Ayuntamiento que aprobó la ampliación del contrato a 50 años, a contar desde 1992. El 12 de noviembre de ese año, la corporación autorizó que Hidrogea prestara el servicio no hasta 2017, sino hasta 2042. El PP votó a favor y se abstuvieron PSOE, MC e IU.

La Junta, expone el juez, pretendió «dar por posible una modificación del plazo de duración» del contrato, «dando por sentada una posible nulidad del acuerdo de 2003 a través de un procedimiento de revisión de oficio». Pero, además de que «no debiera haberse aprobado nunca» tal medida «sin haber escuchado antes a la actora», argumenta el juez, el gobierno encabezado por López «alteró el orden lógico de las cosas».

«Primero tendría que haber tramitado un procedimiento administrativo, ejerciendo la potestad de revisión de oficio de actos nulos de pleno derecho (en relación al acuerdo de 2003), para después, o como mínimo en ese ínterin, si eso supone regresar o aprobar 'ex novo' un régimen de duración de prórrogas tácitas, entonces denunciarlas, aprobarlas o lo que pudiera proceder», expone el juez. Y añade que, a día de hoy, el Ayuntamiento carece de «ese procedimiento de revisión de oficio de actos nulos».

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