Una promotora reactiva un acuerdo urbanístico en Cartagena tras recurrir al TSJ
El tribunal corrige a la Comunidad y permite construir pisos junto al IES Jiménez de la Espada y la posible ampliación de la Escuela de Hostelería
La Comunidad Autónoma ha visto cómo el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha corregido su postura contraria a una modificación ... del Plan General de Ordenación Urbana de Cartagena ideada por un particular para construir un edificio de viviendas junto al Instituto de Enseñanza Secundaria (IES) Jiménez de la Espada y facilitar al Ayuntamiento la ampliación de la Escuela de Hostelería y Turismo. En una sentencia dictada el 10 diciembre, y que no han recurrido la Comunidad ni el Ayuntamiento (codemandado), el TSJ admitió el recurso de la empresa Parquesol del Mediterráneo Siglo XXI, en defensa de la Modificación Puntual 125 del Plan General de Ordenación Urbana de Cartagena de 1987. Esta fue incorporada en la revisión del plan en 2012, que si embargo fue anulada por sentencia judicial.
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Fuentes de la promotora indicaron que su propósito es levantar un bloque con 12 viviendas, previo derribo del edificio que invade el patio del instituto, en la calle Carlos III. El Ayuntamiento podrá promover la ampliación de la Escuela de Hostelería, que depende de la Consejería de Educación, en la calle Ingeniero de la Cierva.
La Sala de Lo Contencioso Administrativo del TSJ considera contraria a Derecho una decisión de la Consejería de Presidencia y Fomento que frustró la operación en 2010. En concreto, la Dirección General de Urbanismo desestimó, por silencio administrativo, un recurso del titular de la parcela de Carlos III contra una resolución contraria al cambio del Plan.
Plan General de 1987
La Consejería halló «deficiencias» en el expediente y pidió aclarar si el promotor era el Ayuntamiento, como constaba en un acuerdo del Pleno de 2005 (gobernaba el PP), o si detrás había «un particular». Y advirtió al Consistorio de que no aprobara por silencio la variación del planeamiento, pues afectaba a espacios libres y zonas verdes.
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Paradójicamente, la Comunidad aplicó el silencio al recurso posterior del afectado y el TSJ lo ha interpretado de forma positiva, lo que beneficia a Parquesol. Esta sociedad compró la finca en 2015 y decidió presentar la demanda. De nada ha servido que los servicios jurídicos regionales alegaran ante el tribunal que el Consistorio no ha subsanado las anomalías.
Fuentes del Ayuntamiento ven el fallo «favorable a los intereses municipales, pues confirma los acuerdos adoptados y se obtiene el 10% del aprovechamiento urbanístico en Carlos III y un equipamiento» en Ingeniero de la Cierva.
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