La Audiencia Nacional absuelve al exalcalde de Cartagena José Antonio Alonso en la pieza leonesa de la 'Púnica'
El tribunal condena a cuatro años y tres meses de inhabilitación a su socio, Alejandro De Pedro, presunto conseguidor de la trama
El exalcalde de Cartagena José Antonio Alonso ha conseguido salir airoso de la primera de las piezas de la 'Operación Púnica' que llega a estrados, la relativa a la trama leonesa. La Audiencia Nacional ha absuelto al exregidor socialista, que afrontaba penas que suman cinco años y medio de prisión por presuntos delitos de malversación de fondos públicos en concurso con falsedad y fraude.
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Alonso, procesado también en otras piezas de esta macrocausa, estuvo acompañado en el banquillo por su socio, el presunto conseguidor de la trama Alejandro de Pedro, que sí ha sido condenado a cuatro años y tres meses de inhabilitación. En este procedimiento se investigaban los contratos de reputación personal online acordados por la Diputación de León para la que fuera su presidenta Isabel Carrasco y su sucesor Martínez Barazón, así como otra serie de contratos adjudicados a las empresas del consultor Alejandro De Pedro.
Las fiscales sostuvieron, en su escrito de acusación, que Alonso y De Pedro trabajaban desde 2010 para diversas administraciones públicas, gracias a los contactos políticos atesorados por ambos. Juntos controlaban un grupo de empresas que les permitía la consecución de contratos públicos a cambio de realizar a las autoridades que estaban al frente de dichas administraciones trabajos personales de imagen, reputación 'online' y posicionamiento en la red por su sociedad Eico Online Reputación Management SL, consultora de servicios en internet.
«Sin dimensión puramente personal»
La Sala de lo Penal de la Sección Primera de la Audiencia, en su resolución, remarca, sin embargo, no ha quedado acreditado que esos servicios de reputación online ni de posicionamiento SEO realizados por Eico se hubieran realizado en favor y en beneficio personal, ni de Carrasco, ni de Martínez Barazón. Tampoco ha quedado acreditado, según la sentencia, que tales trabajos se hubieran encargado a Eico como contraprestación a que Alonso y De Pedro - especialmente el primero- influyeran de alguna forma en que dichos presidentes pudieran acceder a otros cargos públicos, bien dentro del partido político al que pertenecían, o bien dentro de la provincia de León o de la Comunidad. «No se ha constatado en autos que este potenciamiento en redes sociales y estos trabajos de posicionamiento SEO en redes sociales (...) tuvieran una dimensión puramente personal o particular y dirigida a ensalzar sus trabajos realizados en el ámbito estrictamente personal», dicta la sentencia.
La Audiencia Nacional sí ha condenado a penas de inhabilitación especial para empleo o cargo público que van de los cuatro años y tres meses a los ocho años y medio a cuatro de los seis acusados en la pieza, entre ellos el expresidente de la Diputación Marcos Martínez Barazón. En la sentencia, los magistrados de la Sección Primera imponen una pena de ocho años y seis meses de inhabilitación especial con la atenuante simple de dilaciones indebidas a Martínez Barazón, así como a quienes fueran coordinador general e interventor de la Diputación, Pedro Vicente Sánchez y Manuel Jesús López Sánchez, respectivamente.
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