La Fiscalía General del Estado sugiere una moratoria urbanística en el Mar Menor
La Unidad de Medio Ambiente realiza en su Memoria anual un análisis crítico de la Ley de Protección, que considera muy permisiva con los vertidos
La Memoria 2019 de la Unidad de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía General del Estado incluye un anexo de cinco páginas en el ... que realiza treinta comentarios críticos a otros tantos artículos o apartados de la Ley de Protección y Recuperación del MarMenor, que aprobó la Asamblea Regional el 22 de julio después de siete meses de tramitación. La aportación más relevante es la sugerencia de una moratoria urbanística, «en lugar de una simple regulación de la densidad urbanística». El Ministerio Público considera que sería «sensato» paralizar la actividad constructora en el entorno de la laguna por «los excesos (...) que se han producido hasta ahora» y el «importante número» de edificaciones «irregulares».
En su análisis de la normativa en la que el Gobierno regional pretende basar la recuperación del Mar Menor, la Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo insiste en aliviar la presión de nuevas construcciones, que la nueva ley limita con algunas excepciones mientras no se apruebe el Plan de Ordenación Territorial de la Cuenca Vertiente, que no estará disponible antes de cuatro años: así, censura que la ley permita las Actuaciones de Interés Regional en el área de exclusión temporal para nuevos desarrollos urbanísticos, así como las plantas de compostaje y de gestión de residuos agrícolas y ganaderos.
En cuanto a los vertidos contaminantes al humedal, la Fiscalía critica que algunos de ellos sean considerados «fortuitos», como los procedentes de aliviaderos e infraestructuras de recogida de aguas pluviales, y que se permitan por esta supuesta condición casual: «No es normal la existencia de regulaciones legales para casos fortuitos (...). Fortuito es un terremoto o la lluvia, pero muy difícilmente un vertido, si las cosas se hacen bien».
Incumplimiento y delito
Del mismo modo, se señala en la Memoria 2019 de la Fiscalía, cuyo titular es Antonio Vercher, que el criterio para la ausencia de alternativas técnicas, económicas o ambientales ante determinados vertidos debería ser acreditado por parte del Comité Científico o la Consejería: «De esta manera cabría la posibilidad de interpretar el incumplimiento como delito», puede leerse en el análisis de la ley del Mar Menor.
Igualmente, plantea la necesidad de realizar «con carácter inmediato» un inventario de los «vertidos no legales» que lleguen «directamente» al Mar Menor y de que todos los aprovechamientos de agua «dispongan de contador homologado».
La Fiscalía propone ampliar la franja de protección a 2.500 metros y prohibir durante un tiempo los fertilizantes
La actividad agrícola también merece la atención de la Fiscalía: como en el caso del urbanismo, recomienda una «moratoria» en el uso de fertilizantes nitrogenados, y que la franja de seguridad sin cultivos intensivos sea de 2.500 metros –la ley actual sitúa esta barrera de protección en 1.500 metros, el triple de los 500 que se proponían en el primer decreto aprobado en diciembre de 2019–. En el artículo sobre «la restitución a un estado natural» de los regadíos «cesados o prohibidos por resolución firme» (...) «por no estar amparados por un aprovechamiento de aguas», debe dejarse claro que se trata de «actividades ilegales» que han alterado el estado ecológico del espacio protegido, puntualiza la Memoria.
Tambien cuestiona la Fiscalía la utilidad de los diferentes órganos de participación social: «Parecen demasiados comités para el gobierno del Mar Menor», estima. «Tal vez debería verse la manera de agilizarlo, algo así como un patronato o junta de gobernanza donde hubiera representantes de todos los estamentos citados», insiste.
Estas 'enmiendas' de la Fiscalía a la Ley de Protección y Recuperación del Mar Menor no tienen un efecto jurídico sobre la norma, aclaran a LA VERDAD fuentes de este órgano de la Administración de Justicia, que sin embargo sí considera oportuno valorar el marco legal que regirá la regeneración ambiental de la laguna después de cuatro décadas de agresiones urbanísticas y vertidos mineros, urbanos y agrícolas. Sobre esta normativa se abre ahora un periodo de incertidumbre después de que el Tribunal Constitucional haya aceptado un recurso de Vox, que considera varios de sus artículos contrarios a la propiedad privada y perjudiciales para la agricultura y el turismo.
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