Diez preguntas y respuestas sobre la ILP del Mar Menor
¿Quién puede denunciar, anula otras leyes, habrá un juzgado especial? Algunos interrogantes de la nueva norma que da derechos a la laguna
La histórica aprobación en el Senado, el miércoles, de la 'Ley para el reconocimiento de personalidad jurídica al Mar Menor y su cuenca' deja ... en el aire algunas incógnitas sobre la aplicación práctica de una normativa que no solo es vanguardia jurídica en España, sino también en Europa. El reglamento que desarrollará más adelante sus siete artículos especificará detalles que aún no aclara el texto legal, e incluso se espera que sigan surgiendo dudas sobre cómo actuar jurídicamente ante un espacio natural que a partir de ahora tiene derechos propios, como una persona o una empresa. El abogado ambiental Eduardo Salazar, profesor asociado de Derecho Administrativo de la Universidad de Murcia y miembro del grupo promotor de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP), ayuda a LA VERDAD a resolver las diez principales dudas.
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1
¿Cuándo entra en vigor la 'Ley para el reconocimiento de personalidad jurídica al Mar Menor y su cuenca' y quién redacta su reglamento?
En cuanto se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que sucederá en los próximos días o semanas. El reglamento de la ley desarrollará sus siete artículos y aclarará dudas sobre aspectos prácticos de su aplicación. Está previsto que el reglamento sea redactado por los servicios jurídicos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y el grupo promotor de la Iniciativa Legislativa Popular (ILP)espera que se cuente con su participación en esa fase decisiva. Será promulgado en forma de real decreto por parte del Gobierno central.
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¿La ley de personalidad jurídica del Mar Menor prevalece sobre otras normativas legales?
No. No tiene ni más ni menos jerarquía jurídica que otras leyes, sino que las complementa, aunque no es descartable que sea necesaria la modificación de alguna norma en el caso de que se produzcan contradicciones o solapamientos. Por tratarse de una legislación inédita en Europa, se darán situaciones imprevistas que ni siquiera puede anticipar el reglamento.
3
¿Quién puede poner denuncias o emprender acciones de defensa del Mar Menor al amparo de la nueva ley?
Cualquier persona física o jurídica. La novedad de la ley es que las denuncias se presentan en nombre del Mar Menor –o sea, el espacio natural es la parte interesada– y quien la interpone recupera todos los costes del litigio –abogados, procuradores, peritos, testigos...– y está eximido de las costas judiciales.
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Las denuncias, ¿hay que ponerlas en un juzgado o instancia judicial determinada?
No. La ley de personalidad jurídica no supone la creación de una nueva instancia judicial. Las acciones se plantean ante los juzgados ordinarios –contenciosos, civiles y penales–, como cualquier otra denuncia.
5
¿Se resolverán ahora más rápido las acciones legales en defensa del Mar Menor?
No tiene por qué. Depende de los medios materiales y humanos de la Administración de Justicia, que tiene sus propios tiempos. La nueva ley es nada más –y nada menos– que una herramienta al servicio de los ciudadanos para que defiendan el Mar Menor.
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¿Cómo se elegirá a los miembros del Comité de Representantes, Comisión de Seguimiento y Comité Científico –salvo en el caso de los designados por las administraciones–?
El reglamento debe dar respuesta a esta cuestión para evitar suspicacias. En el caso del Comité de Representantes, está previsto que formen parte de él siete integrantes del grupo promotor de la ILP, que está formado por ocho personas –Teresa Vicente Giménez, Eduardo Salazar Ortuño, Teresa Conesa Conesa, Ada García Saura, María José Campillo Meseguer, María Rocío García Martínez, Alfonso Manzano Ruiz y Pedro Macanás Valverde–. Una de ellas se quedará fuera. En la Comisión de Seguimiento, los sectores económicos, sociales y ecologistas tendrán que ponerse de acuerdo entre ellos para elegir a sus delegados, aunque no está estipulado el método, solo que este proceso será convocado y supervisado por el grupo promotor. Y en cuanto al Comité Científico, se espera que esté formado por investigadores locales, nacionales e internacionales. El plazo de pertenencia a los tres órganos de representación de la laguna es de cuatro años, con posibilidad de prórroga, y ninguno de sus integrantes cobrará por su trabajo.
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¿Los representantes legales del Mar Menor tendrán un lugar donde reunirse?
La ley no hace referencia alguna a una sede física, aunque el Ayuntamiento de Los Alcázares se ha ofrecido a albergar una oficina permanente.
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¿Cómo se articulará legalmente la intervención de los tutores del Mar Menor en los procesos judiciales?
La idea inicial fue que la tutoría fuera una parte interesada en todos los procedimientos, en condición de codemandantes, pero esa posibilidad se desechó. El reglamento aclarará este punto, pero pueden producirse tensiones entre el Comité de Representantes y la Comisión de Seguimento –guardianes y guardianas según la ley–, sobre el papel un órgano menos decisivo.
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9
¿Cómo se resolverán las diferencias entre el Comité de Representantes y la Comisión de Seguimiento?
Otra cuestión que debe aclarar el reglamento. De acuerdo con el espíritu de la ley, los guardianes y guardianas son la voz del Mar Menor y tienen plena capacidad jurídica para plantear iniciativas y presentar denuncias. Puesto que se sentarán junto a representantes de los ayuntamientos ribereños y de la cuenca vertiente, se espera que los conflictos se solucionen internamente.
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¿La nueva ley puede parar, mediante la acción de sus órganos de representación, proyectos o actividades económicas perjudiciales para el ecosistema?
No. Solo la administración o el poder judicial tienen potestad para detener obras o industrias que se consideren dañinas o contaminantes. La ley simplemente facilita herramientas para que se inicie la acción judicial.
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Un ejemplo para los ríos Ródano y Loira
En su consideración legal de sujeto de derechos, el Mar Menor ha seguido los pasos de masas de agua como los ríos Atrato (Colombia) y Whanganui (Nueva Zelanda). Aunque el grupo promotor de la ILP, paradójicamente, se inspiró en la declaración de personalidad jurídica preparada para el lago Erie, en la frontera entre Estados Unidos y Canadá y también con problemas de eutrofización, que finalmente no salió adelante por el rechazo del gobernador del Estado de Ohio. Organizaciones conservacionistas y juristas ambientales de toda Europa se fijan ahora en el Mar Menor para defender la asignación de derechos a otros espacios naturales del Viejo Continente. Ya hay proyectos legales en curso para los ríos Ródano (de donde se aspiraba a trasvasar agua hacia la Región de Murcia) y Loira, en Francia. También se quiere procurar esta protección al Mar del Norte, en Países Bajos, y al entorno de la ciudad norirlandesa de Derry.
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