Estas son las opciones que puedes solicitar si no puedes pagar de manera íntegra la Declaración de la Renta. Fotolia

Estas son las opciones si no puedes pagar de manera íntegra la Declaración de la Renta

Este es el procedimiento para hacerlo

Ana de Dios

Martes, 11 de junio 2024, 16:23

A partir del 1 de julio la Agencia Tributaria comenzará a cobrar a aquellos contribuyentes a los que les haya salido a pagar la Declaración de la Renta. Sin embargo, en el caso de que el importe sea demasiado elevado o que no puedas hacer frente a esa cantidad, existen varias opciones a las que los ciudadanos se pueden acoger. Por un lado, está el fraccionamiento en dos plazos: el primero del 60 % de la cuantía final y el segundo del 40 % hasta noviembre de 2024. Este no cuenta con intereses. También se encuentra la compensación que permite compensar la declaración entre cónyuges cuando a uno le sale a pagar y al otro a devolver. Y, por último, el aplazamiento de la deuda, aunque este tiene un coste, porque hay que pagar un interés que se fija en los Presupuestos Generales del Estado.

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Para solicitar alguno de estos puedes hacerlo a través de la página de la Agencia Tributaria mediante la opción 'Solicitud aplazamiento/compensación Renta' si no has podido concluir esta solicitud tras la presentación de la declaración de IRPF. Para acceder es necesario identificarse mediante Cl@ve Móvil, certificado electrónico, DNIe o número de referencia. Además, este trámite se puede realizar en nombre propio o en representación de terceros.

Cómo solicitarlo

Solo tendrás que seleccionar el ejercicio al que corresponde la deuda, pues el resto de datos no se puede cambiar, y pulsar 'Aceptar'. En la siguiente ventana, se mostrará una relación de las deudas de IRPF del ejercicio seleccionado, dadas de alta para el deudor y que se encuentran en disposición de tramitarse por esta opción. Esta solo sirve para deudas IRPF y que no hayan evolucionado en su gestión.

Después haz clic en el enlace de la columna 'Clave de Liquidación' de cada deuda para acceder a la siguiente página. Obtendrás una página con la información de los datos identificativos del presentador, los datos identificativos del obligado tributario y los datos de la clave de liquidación. En la parte superior se encuentran las opciones disponibles: 'Aplazar', 'Compensar' y 'Pagar'.

Para iniciar la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento, haz clic en 'Aplazar'. Tendrás que cumplimentar los datos del formulario, como son el tipo de garantías, los datos de la domiciliación bancaria, el número de plazos y la fecha del primer plazo (5 o 20 de cada mes); además, si lo consideras conveniente, indica el motivo de la solicitud. Después pulsa 'Firmar Enviar'.

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Para la solicitud de compensación, haz clic en 'Compensar'. Selecciona el tipo de crédito con el que deseas compensar la deuda. Si quieres compensar con varios créditos es necesario presentar una solicitud por cada crédito.

Otros datos

Solo se puede tramitar la solicitud de aplazamiento, fraccionamiento o compensación de una deuda cada vez. Si quieres tramitar varias deudas en un mismo aplazamiento o fraccionamiento, debes realizarlo usando la opción de sede de solicitud de aplazamiento, fraccionamiento o compensación siguiendo la ruta: «Inicio», «Deudas, apremios, embargos, subastas, y concursos», «Compensaciones», «Presentación de solicitudes de compensación».

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Si la deuda ha evolucionado, por ejemplo, ha vencido la fecha límite de ingreso en voluntaria o se ha apremiado, ya no es posible realizar la tramitación por esta opción de sede, y deberás realizarlo por la opción de sede de solicitud de aplazamiento siguiendo la ruta:

«Inicio», «Deudas, apremios, embargos, subastas, y concursos», «Compensaciones», «Presentación de solicitudes de compensación».

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