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Así puedes solicitar esta ayuda al estudio MARTÍNEZ BUESO / LA VERDAD

Cómo pedir las ayudas al estudio para primaria y secundaria en los colegios públicos de la Región de Murcia

Requisitos, cuantías y cómo solicitar esta beca para los alumnos de primero y segundo de primaria y tercero y cuarto de secundaria

Lunes, 7 de junio 2021, 12:27

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El Gobierno de la Región de Murcia ha publicado la orden para las ayudas al estudio para el alumnado de los niveles obligatorios de la enseñanza, escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos. Esto es, para todos aquellos alumnos de primaria y secundaria que estudien en colegios públicos. Te explicamos cómo puedes solicitarla.

Estas ayudas son incompatibles con cualesquiera otras que pudieran obtenerse para la misma finalidad de otras Administraciones públicas o entidades públicas o privadas. Se puede solicitar hasta el 21 de junio de 2021 y este procedimiento no requiere el abono de ninguna tasa para proceder a iniciar su tramitación.

Requisitos

Los requisitos para solititar esta beca educativa son los siguiente:

1. Familias de alumnos que vayan a cursar primero o segundo de Educación Primaria o tercero o cuarto nivel de Educación Secundaria Obligatoria. (Los cursos 3º, 4º, 5º y 6º de primaria y 1º y 2º de secundaria no aparecen en esta convocatoria de ayudas al estudio porque se gestionan a través del Programa Banco de Libros).

2. Estar matriculados en centros docentes sostenidos con fondos públicos ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

3. Los ingresos de la unidad familiar en el año 2020, en función del número de miembtros, no puede superar los umbrales máximos:

N.º de miembros Umbral máximo no superable

  • 1 miembro : 6.779

  • 2 miembros: 8.135

  • 3 miembros: 9.490

  • 4 miembros: 11.524

  • 5 miembros: 13.558

  • 6 miembros: 15.591

  • 7 miembros: 17.625

  • 8 miembros: 19.659

A partir del octavo miembro se añadirán 1.356 euros por cada nuevo miembro computable adicional. Cuando alguno o varios de los miembros computables de la unidad familiar sean titulares de cualquier actividad económica con un volumen conjunto de facturación durante el año 2020 superior a 40.000 euros, la ayuda será denegada.

Cuantía de las ayudas

-110 euros para los alumnos de primero o segundo nivel de Educación Primaria.

-150 euros para los alumnos de tercero o cuarto nivel de Educación Secundaria Obligatoria.

Criterios para el reparto

En el caso de que no sea posible conceder la totalidad de las ayudas, se dará prioridad, a la renta «per cápita» de la familia del alumno, adjudicándose las ayudas por orden inverso a la magnitud de dicha renta. El segundo criterio de prioridad a aplicar, en caso que sea necesario, sería el mayor número de miembros de la unidad familiar y, por último, la menor edad del alumnado beneficiario.

Documentación necesaria

-Documento Nacional de Identidad.

-Documento de identificación de extranjero.

-Libro de familia.

-IBAN Código Internacional de Cuenta Bancaria.

-Declaración responsable y cláusula de consentimiento.

Cómo solicitarla

Para solicitar esta ayuda puedes hacerlo a través de vía electrónica o de forma presencial.

-Solicitud electrónica: Debes acceder a la sede electrónica de la CARM y entrar en el apartado de Registro y guía de procedimientos y servicios. Una vez ahí escribe en el buscador 'Ayudas al estudio, para el alumnado de los niveles obligatorios de la enseñanza, escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos (código 1690)'.

Para hacerlo de manera online necesitarás DNI electrónico, Certificado Digital o Cl@ve y firmar electrónicamente el documento. Revisa los requisitos y documentación, cumplimenta el formulario y adjunta los documentos requeridos.

-Solicitud presencial: Deberás solicitar Cita Previa en cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y, en su caso, a las realizadas en los lugares indicados más abajo.

Puedes presentar la solicitud de manera presencial en Oficina Especializada y de Asistencia en Materia de Registros Educación, Red de Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la CARM y entidades establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 y Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional.

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