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Un vehículo adelantando a otro captado por el helicóptero de la DGT LV

La nueva norma de la DGT que cambia la forma de adelantar a otros coches en la carretera

Esta modificación en el Reglamento ya ha entrado en vigor y acaba con una práctica muy habitual que ahora podría ser sancionada con una multa de 100 euros

LA VERDAD

Lunes, 4 de enero 2021, 11:52

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La Dirección General de Tráfico (DGT) ha estrenado el año 2021 con importantes cambios en varias de sus normas. Una de ellas, precisamente, ha pasado desapercibida para muchos conductores siendo la que más multas podría acarrerar ya que la modificación del reglamento acaba con una práctica muy habitual en las carreteras españolas.

Concretamente, con la reforma del Reglamento General de Circulación que aprobó en el mes de noviembre el Consejo de Ministros, se aprueba, entre otras cosas, la eliminación de la posibilidad de superar en 20 km/h el límite máximo de una carretera cuando se está adelantando a otro vehículo. A partir de ahora, dado que ya ha entrado en vigor esta nueva norma de la DGT, esta circunstancia será considerada una infracción de los límites de velocidad y llevaría consigo una sanción en forma de multa de 100 euros.

Tráfico ha tomado esta decisión como medida para rebajar la alta siniestralidad en las vías secundarias, donde el pasado año se produjeron casi 900 víctimas mortales; la DGT cree que con esta nueva medida se podrían reducir las muertes en este tipo de carreteras en hasta un 50%.

Entrada en vigor

Tal y como ha explicado la DGT a la hora de anunciar esta medida, en ningún país europeo existía la posibilidad de adelantar superando los límites de velocidad de una vía, como sí era habitual en España hasta ahora. Desde el pasado 2 de enero, cuando entraron en vigor las modificaciones relativas al Reglamento General de Circulación y Vehículos, se elimina tal circunstancia excepcional.

Otras modificaciones del Reglamento introducidas por la DGT para este 2021 entrarán en vigor el mes de mayo, cuando, concretamente el día 11, se aplicarán los nuevos límites de velocidad en vías urbanas, que tendrán máximos de 20 km/h, 30 km/h y 50 km/h respectivamente si se trata de vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, de vías de un único sentido y de vías de dos o más carriles por sentido respectivamente.

En cuanto a las multas por la nueva norma de la DGT respecto a los adelantamientos, serán de 100 euros sin que se pierdan puntos del carné si se circula entre 81 y 110 km/h en vías limitadas a 80 y entre 91 y 120 km/h en carreteras limitadas a 90 km/h. En el caso de velocidades más altas se aplicarán las mismas sanciones que se imponían hasta ahora.

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