Declaración de la Renta 2021: El inocente error que puede suponerte 100 euros de multa
Las infracciones que se recogen desde la Agencia Tributaria se dividen entre leves, graves o muy graves dependiendo de la cuantía de la liquidación
la verdad
Miércoles, 17 de marzo 2021, 13:48
Cuando llega la fecha para presentar la declaración de la Renta, este trámite se convierte en un quebradero de cabeza para los españoles. Este 7 de abril se inicia la campaña de la declaración de la Renta de 2020 pero que se gestiona durante su año posterior.
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Para ello, la Agencia Tributaria facilita un borrador desde donde los contribuyentes lo elaboran. Aunque hacerlo de esta forma supone un problema que puede acabar en una multa de 100 euros. De esta forma, si se inspecciona detalladamente cada uno de los puntos se puede evitar tener que pagar una sanción económica.
El reglamento agrupa 15 puntos que corresponden a la clasificación de las infracciones y sanciones tributarias, con el fin de hacer una distición entre las infracciones leves, graves o muy graves. Estas sanciones se basan en la cantidad de la liquidación.
Así que, en el caso de que la base sea menor a 3.000 euros o no se oculte, la infracción será leve. Aqui la sanción equivale a una multa del 50%. Cuando la base de la sanción supone una cuantía mayor a los 3.000 euros o haya ocultación por parte del contribuyente, será considerada como grave,. Esto también ocurrirá si se utiliza documentación falsa o cuando el arrendamiento incorrecta de los registros esté entre el 10% y el 50%. De esta forma, la multa se eleva de entre el 50% y el 100% siendo siempre algo proporcional. Mientras que si se llevan a cabo actos fraudulentos a la hora de la liquidación, ya se trataría de una infracción muy grave que supondrá una multa de entre el 100% y el 150% de forma proporcional.
Por esta razón, hay que tener en cuenta que un error como este no puede llevar a pagar dinero. Algo que nos podemos ahorrar si no cometemos lo fallos más comunes como son la comprobación incorrecta o si directamente no revisamos el domicilio fiscal. Por tanto, realizar esto es un paso clave cuando presentamos el borrador de la declaración de la renta para evitar así la multa de 100 euros
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