Una oficina del SEPE, en una imagen de archivo. LA VOZ DE CÁDIZ

Cuándo cobrarán el paro los desempleados en el mes de abril de 2023

Este es el día en el que los parados recibirán la prestación por desempleo este mes

Paula Rodríguez

Miércoles, 12 de abril 2023, 12:48

Cada primero de mes asoma la misma duda: ¿cuándo cobraré el paro? Este mes de abril de 2023 es probable que esta pregunta se la hayan hecho gran parte de los 2.862.260 desempleados que hay en España, cifra registrada según los últimos datos del Servicio Público de Empleo Estatal.

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Precisamente este organismo, el SEPE, es el encargado de gestionar y controlar las prestaciones por desempleo, es decir, la mensualidad que se abona a aquellas personas en paro que se hayan inscrito como demandantes de empleo y que cumplan una serie de requisitos para poder recibir esta prestación contributiva como, por ejemplo, haber trabajado un año o más.

Cuándo se cobra el paro en abril de 2023

El Servicio Público de Empleo Estatal abona esta prestación por desempleo en el mes siguiente al que corresponda el devengo, como establece la normativa vigente. Esto quiere decir que el subsidio correspondiente al mes de marzo se domiciliará en la cuenta bancaria a principios del mes de abril. Además, no influye que el mes tenga 30 o 31 días, ya que siempre se abona en mensualidades de treinta días.

El pago de las prestaciones del SEPE se produce entre los días 10 y 15 del mes inmediato al siguiente al que corresponda el devengo. Sin embargo, desde el SEPE avisan de que esta fecha puede variar en función de si el día en el que se efectúa el pago es festivo. En este caso, se producirá el siguiente día hábil de ese mes.

En el caso del mes de abril de 2023, el pago ha coincidido con la celebración de la Semana Santa, que en algunas comunidades finalizaron el pasado 10 de abril. En otros lugares, como en la ciudad de Murcia, por ejemplo, estas celebraciones se encadenan con las Fiestas de Primavera, por lo que los días festivos varían y puede afectar al ingreso del cobro en las cuentas de las diferentes entidades bancarias.

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Los desempleados deben recordar que la fecha establecida para el ingreso de esta prestación varía en función de su entidad bancaria. Por ejemplo, bancos como CaixaBank, Santander o BBVA suelen adelantar el pago a sus clientes.

Por lo general, el pago de este subsidio por desempleo se efectuará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera indicada, siempre y cuando el beneficiario sea el titular de la misma.

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La cuantía de la prestación por desempleo varía en función de las bases de cotización a la Seguridad Social «por contingencias profesionales, durante los 180 últimos días cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias». El importe diario que se percibe es el 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días de prestación, es decir, durante los primeros seis meses, y el 60% a partir del día 181 hasta el final de la misma.

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