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Cuándo cobrarán el paro los desempleados en el mes de mayo de 2023. Eduardo Parra / EP

Cuándo cobrarán el paro los desempleados en el mes de mayo de 2023

Esta es la fecha en la que los parados recibirán su prestación

LA VERDAD

Jueves, 4 de mayo 2023, 18:58

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Las personas que se encuentren en situación de desempleo y cumplan una serie de requisitos pueden acceder al paro. Esta prestación contributiva protege a aquellos ciudadanos que hayan perdido su empleo de forma temporal o definitiva. Según explica el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), para poder acceder a esta prestación es necesario cumplir una serie de requisitos y una cotización previa por desempleo de la persona trabajadora a la Seguridad Social.

El SEPE es el organismo encargado de gestionar y controlar las prestaciones por desempleo, es decir, la mensualidad que se abona a aquellas personas en paro que se hayan inscrito como demandantes de empleo y que cumplan una serie de requisitos para poder recibir esta prestación contributiva como, por ejemplo, haber trabajado durante un año o más.

Qué día se cobra el paro en mayo de 2023

El SEPE abona la prestación por desempleo en el mes siguiente al que corresponda el devengo, como dice la normativa vigente. Esto significa que el subsidio correspondiente al mes de abril se domiciliará en la cuenta bancaria a principios del mes de mayo. Aunque el paro se abona durante los primeros días de cada mes, no hay una fecha exacta para recibir esta prestación.

El pago de las prestaciones del SEPE se produce entre los días 10 y 15 del mes inmediato al siguiente al que corresponda el devengo. Este organismo recuerda que el ingreso por la prestación depende de la entidad bancaria del beneficiario. Algunos bancos adelantan el día en el que se cobra el paro al periodo establecido por el SEPE como es el caso de BBVA, CaixaBank o el Banco Santander.

La fecha de cobro también puede variar si el día en el que se efectúa el pago es festivo. El pago de este subsidio por desempleo se realizará, salvo excepciones, mediante el abono en la cuenta de la entidad financiera indicada, siempre y cuando el beneficiario sea el titular de la misma.

La cuantía de la prestación por desempleo varía en función de las bases de cotización a la Seguridad Social «por contingencias profesionales, durante los 180 últimos días cotizados, sin tener en cuenta las horas extraordinarias». El importe diario que se percibe es el 70% de la base reguladora durante los primeros 180 días de prestación, es decir, durante los primeros seis meses, y el 60% a partir del día 181 hasta el final de la misma.

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