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Un vecino de Abanilla frente a un bar cerrado ALFONSO DURÁN / AGM
LÍNEA COVID

¿Qué autónomos y empresarios pueden pedir la nueva ayuda directa del Gobierno?

Este es el listado completo de las actividades económicas que pueden solicitar la ayuda para sufragar las pérdidas por la pandemia

Viernes, 26 de marzo 2021, 20:41

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El Gobierno de España ha publicado un Real Decreto mediante el que pretende ayudar a aquellos autónomos y empresas que hayan sufrido los estragos de la Covid-19. Para ello ha creado la Línea Covid de ayudas directas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado.

Esta ayuda directa tiene un carácter finalista, es decir, se cobrará tras la justificación por parte de la empresa de todos los pagos e inversiones, y se empleará para «satisfacer la deuda y realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como los costes fijos incurridos por los autónomos y empresas considerados elegibles».

Eso sí, estos gastos deben haber sido devengados entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021, siendo de contratos anteriores a la fecha de la entrada en vigor de este Real Decreto-Ley. Además, las pérdidas deberán ser de más de un 30% con respecto a 2019.

¿De qué importe es la ayuda?

El Gobierno ha destinado 7.000 millones de euros a esta Línea Covid de ayudas directas a autónomos y empresas. 5.000 millones se repartirán entre todas las Comunidades Autónomas peninsulares y a las ciudades de Ceuta y Melilla, de manera proporcional a la asignación del REACT EU. en base a indicadores de renta, de desempleo y de desempleo juvenil. Los 2.000 millones de euros restantes irán directamente a Canarias y Baleares.

El indicador de renta mide el peso de cada Comunidad Autónoma en la caída del PIB en 2020, moderado en función de la prosperidad relativa de cada una de ellas, medida a través de la renta per cápita respecto a la media nacional.

El indicador de desempleo considera la media ponderada entre el peso de la Comunidad Autónoma en el total de parados registrados en enero de 2020 y su contribución al incremento del paro registrado nacional en 2020.

Mientras que el indicador de desempleo juvenil (16 – 25 años)considera la media ponderada entre el peso de la Comunidad Autónoma en el total de jóvenes parados registrados en enero de 2020 y su contribución al incremento del paro juvenil registrado nacional en 2020.

La ayuda no podrá ser inferior a 4.000 euros ni superior a 200.000 euros.

A los empresarios o profesionales que tributen por módulos en IRPF, se les concederán 3.000 euros.

Los empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones anual declarado en el IVA haya caído más del 30% en 2020 con respecto al 2019 podrán obtener una ayuda del 40 % de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30 %.

En el caso de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación directa en el IRPF y las entidades y establecimientos permanentes que tengan un máximo de 10 empleados, podrán optar a una ayuda máxima del 40% de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%.

Las entidades y empresarios o profesionales y establecimientos permanentes que tengan más de 10 empleados, podrán acceder a una ayuda máxima del 20% del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%.

¿Quiénes pueden pedirla?

Tal y como se especifica en el Boletín Oficial del Estado publicado el 13 de marzo de 2021, «los destinatarios de las ayudas serán las empresas no financieras y los autónomos más afectados por la pandemia, siempre y cuando tengan su domicilio fiscal en territorio español o cuando se trate de entidades no residentes no financieras que operen en España a través de establecimiento permanente».

No podrán acceder a esta ayuda empresarios o profesionales, entidades y grupos consolidados que en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2019 hayan declarado un resultado neto negativo o haya resultado negativa en dicho ejercicio la base imponible del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto de la Renta de no Residentes, antes de la aplicación de la reserva de capitalización y compensación de bases imponibles negativas.

¿Cuáles son los requisitos?

Para poder acceder a esta ayuda hay que cumplir una serie de requisitos:

-No haber sido condenado mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas

-No haber sido condenado mediante sentencia firme por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.

-Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones o ayudas públicas.

-Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

-No haber solicitado la declaración de concurso voluntario ni insolvente.

-No tener residencia fiscal en un país o territorio reconocido como paraíso fiscal.

-No se podrán repartir dividendos durante 2021 y 2022.

-No se podrán aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección en un periodo de dos años desde la aplicación de esta medida.

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