El juez no estima agravante de ensañamiento aunque el agresor le dio cuarenta puñaladas». Este era un caso recurrente que se ponía en la Facultad ... de Derecho para evidenciar cómo la prensa, en ocasiones, distorsiona una decisión judicial, por desconocimiento del propio Derecho. Y es que un lector lego puede sorprenderse de que no se aprecie ensañamiento en un caso así. Sin embargo, cuando se conoce el Derecho, uno debe poner en cuarentena el titular para detenerse a leer la letra pequeña de la sentencia. Podría haber ocurrido, por ejemplo, que la víctima hubiera muerto con la primera puñalada, por lo que todas las restantes serían irrelevantes, ya que no se habría aumentado de forma «deliberada e inhumanamente el sufrimiento de la víctima», como exige el Código penal. ¿Cómo sabe el juez si lo mató a la primera puñalada? Para eso están los informes periciales y la parte que acuse tendrá que presentar pruebas suficientes para demostrar que así fue, al tiempo que la defensa tratará de contradecirlo. Aún más, la defensa podría permanecer absolutamente pasiva, en la medida que pesa sobre la acusación la carga de romper con la presunción de inocencia. Porque nadie puede ser condenado si la acusación no prueba de forma suficiente en un juicio todos los elementos que integran el delito.
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La labor del juez penal se parece, en este sentido, a la de un cirujano que, con asepsia, debe acercarse a los hechos, operando con unas normas abstractas que deberá aplicar al caso concreto. Y debe hacerlo, además, con un prisma garantista. Lejos, por tanto, de ruidos mediáticos y visceralidades, por mucho que puedan chocar sus decisiones. En caso de error judicial, porque es cierto que puede haber malas sentencias, se prevé un sistema de recursos.
Sin embargo, en este mundo de redes sociales, cada vez se hace más difícil comprender esta fría pero garantista forma de operar jurídicamente. Se impone el eslogan viral. El último de ellos ha sido 'solo sí es sí'. Tras el crimen de la Manada, se empezó a cuestionar la regulación de los delitos contra la libertad sexual sin un conocimiento mínimamente riguroso. Ciertos grupos políticos vieron que podían sacar tajada y empezó la intoxicación de la opinión pública. El último episodio de esta saga ha sido la aprobación por el Gobierno de un proyecto de ley para reformar el Código penal.
Una lectura bienintencionada del proyecto llevaría a calificarlo, como hizo en su día el profesor Macanás, de pura pancarta. Esto, en sí, ya puede ser nocivo. Al convertir el arte de legislar en redactar panfletos, se corre el riesgo de cometer serios errores y de generar confusión. Algo en lo que incurre este proyecto al hacer un batiburrillo en el que se acaba con la distinción entre agresiones y abusos, y al introducir una innecesaria definición del consentimiento. Se obvia que el delito de abusos sexuales ya castiga cuando no hubiera consentimiento, y que tiene pleno sentido que haya otro delito, las agresiones sexuales, para aquellos supuestos más graves donde haya violencia o intimidación. Incluso, el Código penal contempla casos en los que el consentimiento no es válido (personas drogadas o sin sentido, abuso de superioridad...). Y la jurisprudencia había aclarado que no hacía falta que la víctima se hubiera resistido. El problema, como ya indicó el Consejo General del Poder Judicial, no está en la redacción de los delitos, sino en las dificultades en la prueba para destruir la presunción de inocencia. Una garantía insoslayable en la que no parecen creer quienes impulsan este proyecto normativo y apuestan por un 'yo sí te creo' sin más. Además, se propone incorporar un 'derecho a la reparación' que ya existía, y otras posibles ayudas públicas que dependerán de lo que se presupueste. Amén de un sistema de asistencia integral, que no entiendo por qué excluye a las víctimas que sean hombres.
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En definitiva, estamos ante un nuevo ejemplo de populismo punitivo. No es solo que sea un proyecto malo técnicamente, el problema más grave es que en él late un espíritu que socava nuestras garantías. Y auguro que la tramitación parlamentaria no lo mejorará mucho. Hace unos años tuve que informar otro proyecto de reforma del Código penal impulsado tras la muerte de un ciclista. Fui demoledor porque se menoscaban algunas garantías basilares. Pero la razón jurídica sucumbió a la razón de la comunicación política y fue aprobado con amplia mayoría. La realidad de esta tele-democracia.
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