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Los socios de Carrillo Asesores en la presentación del musical 'Vlad'. C. A.
Carrillo Asesores informa a las empresas privadas de la rentabilidad de la cultura

Carrillo Asesores informa a las empresas privadas de la rentabilidad de la cultura

La deducción por espectáculos en vivo brinda a las entidades la posibilidad de minorar su tributación de forma legal

JULIÁN GALINDO.

Jueves, 21 de junio 2018, 02:15

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La deducción por inversión en proyectos culturales sigue siendo una gran desconocida de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, en concreto, espectáculos en vivo como conciertos, teatro, musicales, danza y circo, así como proyectos audiovisuales y películas se convierten en la mejor apuesta de rentabilidad fija sin riesgo para los inversores. Gracias a la deducción contemplada en la Ley, se brinda a todo tipo de empresas la posibilidad de minorar su tributación de forma totalmente legal y avalada por Hacienda, a través de multitud de Consultas Vinculantes, obteniendo a su vez la rentabilidad del 20% expuesta a continuación.

Asimismo, permite la financiación de productores y contenidos que ven en esta herramienta una alternativa a la reducción de las subvenciones directas. Al fin y al cabo, el modelo de financiación privada e incentivos fiscales se convierte para los productores en una subvención indirecta, donde el Estado en lugar de subvencionar el sector cultural de forma directa incentiva a las empresas a que participen de estos proyectos, beneficiándoles de una serie de incentivos fiscales; esto es, deducción y bases imponibles negativas.

Pero, ¿en qué consiste y cómo cualquier empresa o persona física puede obtener rentabilidades del 20% sobre la inversión? Política de estado es el apoyo a sectores como la cultura y la innovación y el desarrollo. Por ello, la Dirección General de Tributos ha señalado a través de Consultas Vinculantes, como la V5479-16 de 29 de Diciembre de 2016, la posibilidad de que cualquier empresa nacional que contribuya al fisco pueda minorar hasta un 25% de la cuota del impuesto de sociedades anual, con la participación en este tipo de proyectos culturales.

Para conocer el funcionamiento, se debe saber que este sistema parte sobre los costes del proyecto concreto, por ejemplo, en espectáculo en vivo, la Ley del Impuesto sobre Sociedades (art. 36.3) señala que «los gastos realizados en la producción y exhibición de espectáculos de carácter artístico, técnico y musicales tendrán una deducción del 20%» y que «la base de la deducción estará constituida por los costes directos de carácter artístico, técnico y promocional incurridos en las referidas actividades».

Hay que tener presentes los costes concretos del proyecto. A modo de ejemplo práctico sobre su funcionamiento: un musical de gran repercusión con un coste de un millón de euros, cuyo 20% de deducción fiscal serían 200.000 euros, como así detalla el artículo 36.3 de la Ley del Impuesto de Sociedades mencionado con anterioridad. Una empresa quiere participar de dicho incentivo fiscal entrando a formar parte del proyecto aportando, por ejemplo, 100.000 euros, con un retorno del 20% sobre la inversión, esto es, 120.000 euros. La deducción opera tanto para empresas como para personas físicas con actividades económicas.

Ahora bien, la empresa, para poder obtener y ser partícipe de la deducción concreta de 120.000 euros, necesitaría ser pagadora de impuestos y que el 25% del límite de la cuota del impuesto de sociedades comentada fuera de 120.000 euros, es decir, tendría que tener un impuesto de sociedades aproximado de 500.000 euros.

No obstante, esta deducción se puede aplicar hasta en los 15 años siguientes. Además, no es necesario tener tipos impositivos elevados, teniendo cabida empresas y personas físicas cuya tributación sea inferior, con independencia que todas ellas tengan el 20% de rentabilidad correspondiente y proporcional a la inversión.

En este sentido, desde Carrillo Asesores cuentan con multitud de proyectos de mayor y menor coste, así como de diferentes contenidos: teatros, compañías, danza, artistas, series de animación, festivales de música, ciclos de espectáculos, películas y musicales, entre otros

En Carrillo Asesores han sido testigos de una proliferación de empresas y personas físicas que buscan tanto la oportunidad de obtener una rentabilidad fiscal del 20% sobre la inversión como la inquietud e interés de estas por la repercusión y visibilidad que tienen los proyectos, pues lo acogen como una nueva fórmula de responsabilidad social corporativa, patrocinio y vinculación de marca con el proyecto y, de lo que han bautizado en la firma como «Dividendo emocional», pues se generan una serie de colaboraciones y uniones entre la cultura y el sector privado que son de vital importancia.

En los últimos años, ha experimentado varias acciones de vinculación entre el inversor y el contenido, donde se ha puesto de manifiesto la distancia que había hasta la fecha entre estos dos mundos, cultura y empresa, dos mundos que tienen una gran cantidad de recursos que compartir. Carrillo Asesores pretende facilitar el acercamiento entre ambos, como ocurrió el pasado 24 de mayo, durante la presentación del musical 'Vlad' de Plácido F. Domingo en Madrid.

Existirán otros productos y formulas financieras que puedan proporcionar un 20% de rentabilidad sobre la inversión; ahora, lo que seguro que no existe es la posibilidad de que el inversor sea participe y testigo de un rodaje de una película, figure en los títulos de crédito o programa de mano, pueda llevar a sus trabajadores a un gran concierto, o incluso, se lleve a cabo un encuentro con el artista o elenco de actores.

La cultura ya era un gran activo en el país, pero con esta nueva fórmula se coloca cabeza de cartel y favorito en las nominaciones de la inversión.

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