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Domingo, 11 de septiembre 2022, 11:20
En el último año, la compraventa de viviendas ha aumentado en más de un 15% tanto en el conjunto de España como en la Región de Murcia. Ante este incremento de la demanda, hay un hecho asociado de forma prácticamente directa: la solicitud de una hipoteca, una operación llena de interrogantes ante una de las acciones más importantes en la vida de una persona por el impacto financiero que conlleva. Para resolver estas cuestiones, Banco Sabadell dedica una nueva píldora para laverdad.es en la que Ramon Satorra, director comercial de la Territorial Este de la entidad, aporta luz a los futuros compradores.
A la hora de solicitar una hipoteca, es necesario contar con un ahorro previo para realizar la operación, que debe estar entre el 30-35% del valor de la vivienda, además de unos ingresos estables y una economía personal y familiar saneada como «claves para poder adquirir un inmueble sin comprometer el equilibrio financiero de la unidad familiar». Esto se debe a que estas hipotecas cubren hasta el 80% del precio de compraventa o valor de tasación para la primera residencia, y hasta el 70% para la segunda, a lo que hay que añadir los gastos asociados a la operación que suponen entre un 10 y 15% adicional.
Para establecer la cuota, Satorra recomienda que no se destine más del 35% de los ingresos mensuales, y para ello el plazo de amortización y el tipo de interés son las dos variables que influyen: «a mayor periodo de amortización, menor será la cuota mensual pero mayores los intereses, y viceversa», aclara. Dependiendo de los ingresos, el plazo de devolución del préstamo hipotecario puede oscilar entre los 10 y los 30 años, aunque es posible cambiar el plazo mediante la amortización anticipada.
La hipoteca o préstamos hipotecario es un tipo de préstamo en el que el banco presta un dinero (el capital) para la compra de una vivienda. El cliente se compromete a devolverlo junto con los intereses correspondientes en un plazo determinado mediante el pago de cuotas mensuales. Como garantía, el banco toma la vivienda y, en caso de que no fuera suficiente, el comprador responde con el resto de sus bienes.
Ante esto, para solicitar una hipoteca, el banco solicita una serie de documentación que le permite identificar al cliente y determinar su estabilidad financiera y su capacidad de pago: el DNI, un histórico de la vida laboral del comprador y los últimos dos recibos de sus pagos periódicos, indicando los saldos pendientes como otras hipotecas; préstamos personales, créditos de tarjetas y otras deudas. Además, en caso de que se trate de un trabajador por cuenta ajena, debe aportar la última declaración de la renta y las dos últimas nóminas o pensiones, y si trabaja por cuenta propia, debe añadir los pagos trimestrales del IRPF y el IVA del año en curso junto a la declaración de la renta de los dos últimos años.
A la hora de la compraventa, el comprador solo correrá a cargo de los gastos de la tasación de la vivienda y el seguro de la vivienda obligatoria con cláusula de subrogación de derechos a favor del banco que ha prestado el dinero. La fianza de reserva, honorarios de abogado, obtención de la nota simple de titularidad y cargas, IVA en caso de vivienda nueva (10%), Impuesto de transmisiones patrimoniales en caso de viviendas de segunda mano y la plusvalía municipal también entran dentro de sus obligaciones. Será, por tanto, responsabilidad del banco, los gastos notariales, de gestoría y tramitación, gastos de inscripción en el Registro de la Propiedad y el pago del impuesto sobre actos jurídicos documentados.
A la hora de tener en cuenta los gastos asociados a la hipoteca, hay que tener en cuenta el tipo de interés que se establezca: en un tipo fijo la cuota mensual será la misma durante todo el contrato hipotecario, y en el tipo variable, la cuota tendrá una parte fija y otra que cambia en función del índice de referencia, que suele ser el Euribor, y que se revisa cada seis o doce meses. En este último caso, si este índice sube, también lo hará la cuota mensual de la hipoteca, y al revés.
La compra de una vivienda es una de las mayores inversiones financieras a las que se enfrenta una persona a lo largo de su vida. «Protegerse ante imprevistos es esencial para vivir seguro», aclara Ramón Satorra, quien hace mención a la necesidad de proteger el hogar, a la familia e incluso el propio pago de la hipoteca.
En el caso del hogar, recomienda asegurar el continente, contenido y la responsabilidad civil, ya que «la Ley obliga a contratar un seguro de daños de los bienes afectados por la hipoteca, pero recomendamos ampliar las coberturas para ganar en tranquilidad». Para las familias, contratar y vincular un seguro de vida a la hipoteca «garantiza tener la tranquilidad de que, en caso de fallecimiento, su familia no va a tener que afrontar la deuda del préstamo pendiente». En este sentido, el seguro de vida vinculado a la hipoteca garantiza el pago de las cuotas pendientes en caso de que el titular fallezca. La vigencia de este seguro está vinculada a la duración del préstamo hipotecario y al finalizar este se puede cancelar o seguir con el seguro si se desea. Además, al contratar este tipo de productos, el titular accede a una hipoteca bonificada, con tipos de interés más bajos.
Por último, a nivel de protección económica, el seguro de protección de pagos también aporta tranquilidad para hacer frente a la cuota mensual aún en situación de desempleo o incapacidad temporal con los límites establecidos en el contrato.
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