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I. Aizpuru
El Constitucional tumba el intento de Ciudadanos de impedir la candidatura de Puigdemont

El Constitucional tumba el intento de Ciudadanos de impedir la candidatura de Puigdemont

La Sala resuelve por unanimidad que no existe violación de un derecho fundamental, tal y como consideraba el partido de Rivera

Mateo Balín

Madrid

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Jueves, 9 de mayo 2019, 13:17

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El Tribunal Constitucional ha inadmitido, por unanimidad, el recurso de amparo presentado por Ciudadanos contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso número dos de Madrid de permitir la candidatura de Carles Puigdemont, Antoni Comín y Clara Ponsatí a las elecciones europeas del próximo 26 de mayo.

La Sala Primera, compuesta por seis magistrados, considera que no existe violación de un derecho fundamental tutelable en amparo (artículo 44 de la Ley Orgánica), es decir, que la decisión de Ciudadanos de recurrir la resolución no tiene amparo en la violación de derecho alguno. Ni siquiera el hecho, alegado por el partido liberal, de que los demandados tuvieran la obligación de estar inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) para poder presentarse a las europeas.

En concreto, el recurrente afirmaba que la decisión del juzgado contencioso podía vulnerar el derecho fundamental a la igualdad, que forma parte del derecho de acceso a las funciones públicas y el derecho a la tutela judicial efectiva. Pero la Sala ha rechazado ambos supuestos y no ha admitido el recurso.

«El motivo alegado no puede tenerse, propiamente, como un verdadero motivo de amparo, ya que ninguna relación guarda con la conculcación de un derecho fundamental, pues es doctrina de este tribunal que no puede existir vulneración de los derechos constitucionales como consecuencia de la posible vulneración de la legalidad por parte de otra candidatura».

La Sala resolverá hoy el recurso presentado por el Partido Popular, que iba en línea con el de Ciudadanos, por lo que la decisión será similar.

Esta decisión abre la vía para que los tres dirigentes independentistas, procesados en rebeldía en la causa del 'procés', puedan presentarse a los comicios. Sin embargo, si resultan elegidos deberán recoger el acta en el Parlamento español, por lo que se aplicaría la orden de detención vigente en territorio nacional a cargo del juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena, instructor del procedimiento.

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