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Francisco Gil Eguino. :: LV
REGIÓN MURCIA

Anulan el auto que imputó a Gil Eguino y a otros 13 acusados de fraude

Se había acusado por delitos contra la Hacienda Pública, en la conocida como 'Operación Reciclaje', que ahora continuará por los trámites del procedimiento abierto

EFE

Sábado, 28 de julio 2012, 12:52

Un juzgado de Instrucción de Lorca ha declarado nulo el auto de este mismo órgano jurisdiccional que, en mayo de 2011, acordó que las diligencias abiertas contra 14 personas por delitos contra la Hacienda Pública, en la conocida como 'Operación Reciclaje', continuaran por los trámites del procedimiento abierto.

Este caso salió a la luz pública a raíz de conocerse la corrupción descubierta en la empresa municipal de limpieza de Lorca, Limusa , y con la detención, en mayo de 2009, de varias personas, entre ellas el exgerente de la Limusa, Francisco Gil Eguino; el notario Sebastián Fernández y el médico Urbano Alejo. Según el auto por el que se acordaba continuar el caso por los trámites del procedimiento abreviado, existían indicios de que los imputados, a través de operaciones inmobiliarias realizadas por medio de empresas como Cabo Cope Naturaleza, S.L., Promotora del Suelo y Vivienda de Murcia , S.A. y Vía Urbe, S.L., podrían haber defraudado a la Hacienda Pública en las liquidaciones por IVA y por el impuesto de Sociedades.

Ahora, el juez estima los recursos presentados por los abogados de doce de las personas contra las que se sigue el procedimiento, entre ellos, los letrados José Pardo Geijo y Raúl Pardo Ruiz, y declara nulo el auto de mayo de 2001. Esta nueva resolución además de decretar esa nulidad, da veinte días de plazo al fiscal y a los demás personados para que presenten por escrito las preguntas y aclaraciones que estimen oportunas sobre el informe elaborado por el inspector de Hacienda J.A.P., que sirvió de causa a la imputación.

El juez indica que la resolución que queda invalidada no cumplía con las exigencias legales, ya que como pusieron de manifiesto los abogados, la misma no individualizaba los hechos en cada uno de los afectados, sobre los que tampoco se señalaban los indicios concretos que pesaban sobre ellos.

El juez redactará otro

«El auto cuestionado», afirma el magistrado, «se limita a hacer un breve resumen de las operaciones de compraventa realizadas por las compañías mercantiles en que podría haberse incurrido en defraudación tributaria por IVA e impuesto de Sociedades, identificando a los socios que las integran, pero sin indicar la participación que haya podido tener en ellas».

Esta decisión judicial conlleva que el titular del juzgado tenga que redactar un nuevo auto concretando los hechos que se achacan a todos los imputados en la causa, pero no varía su situación procesal.

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