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Efe
Martes, 14 de noviembre 2017, 11:52
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La empresa Legal Plus deberá indemnizar con 9.000 euros a un cliente que fue incluido en un fichero de morosos, según se dispone en una sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia que rechaza el recurso que presentó contra la dictada por un Juzgado de Primera Instancia de Totana hace ahora poco más de un año.
La sentencia considera que la inclusión en el fichero le produjo al demandante unos daños y perjuicios morales, que debían ser indemnizados con el pago de la citada suma.
En su recurso, la apelante alegó que la deuda, por importe de 300 euros, existía, ya que entendía que la devolución del descodificador fue tardía. Además, expuso que la cuantía de la indemnización la consideraba excesiva.
La Audiencia, al rechazar el recurso, dice que para estimar válida la inclusión de una persona en este tipo de ficheros es preciso que la deuda sea cierta, vencida y exigible, que no hayan pasado más de seis años desde que hubo de procederse a su pago y que se haya hecho previamente un requerimiento para su abono.
El tribunal afirma que en este caso se cumplen los dos primeros requisitos, pero no así el último, ya que la demandada no ha demostrado que con anterioridad a la inclusión en el fichero de morosos se advirtiera al demandante que se podía adoptar esa medida si no pagaba.
En cuanto a la indemnización, la sala no la considera excesiva, ya que la inclusión en el fichero ocasionó al demandante que un banco no le concediera una tarjeta de crédito por ese motivo.
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