El Supremo tumba también el recurso del Gobierno regional contra el plan del Tajo y el recorte del Trasvase
El alto tribunal avala el decreto del Ministerio y rechaza la última alegación pendiente de las autonomías del PP contrarias al incremento de los caudales ecológicos
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso que presentó el Gobierno murciano contra la subida de caudales ecológicos en el Alto Tajo y su impacto ... en el recorte progresivo del Trasvase. Este era el último recurso formulado por un gobierno autonómico del PP contra el Plan del Tajo que quedaba por resolver. Después de este nuevo revés, solo quedaría por dilucidar el recurso del Sindicato de Regantes del Trasvase (Scrats). Los Servicios Jurídicos de la Comunidad estudian el fallo para conocer los argumentos esgrimidos por el Supremo.
Los magistrados de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo confirman el real decreto que aprobó el Gobierno de la nación en 2023 sobre los nuevos planes de cuenca, a la vez que condena al pago de costas al Ejecutivo regional. El alto tribunal rechazó con anterioridad los recursos de la Comunidad de Madrid y de la Comunidad Valenciana contra el Plan del Tajo, lo cual indujo a pensar que las alegaciones del ejecutivo murciano serían también desestimadas, como así ha ocurrido.
Este nuevo fallo a favor del Ministerio para la Transición Ecológica podría desbloquear la aprobación de las nuevas reglas de explotación, o al menos contribuir a ello, toda vez que el Gobierno de la nación indicó antes del verano que esperaba, para actuar con la nuevas reglas, a que se resolviera el recurso del Gobierno de López Miras.
La sentencia indica que el ámbito territorial del estudio ambiental estratégico del Tajo es «lógicamente la propia cuenca del Tajo, por lo que es lógico que no tenga que evaluar posibles impactos en las cuencas cesionarias del ATS (Acueducto Tajo-Segura), igual que tampoco que el Plan Hidrológico del Segura tiene que analizar los impacto que se producen en el río Tajo por la merma de sus caudales como consecuencia de las aguas derivadas por el ATS. Y ello sin perjuicio de la concertación y coordinación entre los planes y el ámbito propio del Plan Hidrológico del Tajo a cuyos extremos ya nos hemos referido en esta Sentencia a los que nos remitimos».
El alto tribunal desestima el recurso que presentó hace dos años el Gobierno murciano contra el Plan del Tajo -meses después de que entrara en vigor-, en contra de los criterios utilizados para subir gradualmente los caudales ecológico en el alto Tajo de 6 a 8,4 metros cúbicos por segundo en el horizonte del año 2027. Alegó el daño socioeconómico que provocaría en el Levante un recorte del Trasvase de casi 100 hectómetros anuales, la mayoría para el regadío, lo que supone un 45% menos de la media que reciben hasta ahora.
La Comunidad estudia el fallo
La sentencia mantiene los argumentos técnicos aportados por el Gobierno regional, y la evidencia científica que cuestiona la fijación de los caudales ecológicos aprobados por el Gobierno de España. El Tribunal Supremo ha considerado que no puede entrar a valorar si el Ministerio fijó correctamente los caudales porque eso implicaría un juicio técnico que no le corresponde. Esto implica que el debate técnico sigue abierto y deberá resolverse en el próximo Plan Hidrológico Nacional. La sentencia no cierra el debate técnico ni político. La propia sentencia dice que «las cuestiones particulares de coordinación entre los planes hidrológicos se plantearán en la propia Ley del PHN».
Ante una decisión que el Gobierno regional tildó de «política y sectaria del Gobierno de Pedro Sánchez», la Comunidad señala que «defendió en todo momento la legalidad, la coordinación entre cuencas y la necesidad de decisiones basadas en la ciencia y no en la ideología». Según explicó la Comunidad, «el Consejo de Estado ya reconoció en su dictamen sobre los planes de cuenca la necesidad de reformar los criterios técnicos actuales por falta de claridad y homogeneidad, lo que demuestra que el problema no es el Trasvase, sino un déficit estructural del modelo de planificación hidrológica nacional».
Los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma estudian el pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre el recurso presentado contra el Real Decreto 35/2023 que confirma el régimen de caudales ecológicos del Plan Hidrológico del Tajo, indican fuentes de la Consejería de Agricultura y Agua.
«El Gobierno de la Región de Murcia recurrió una decisión política del Gobierno de España que no está basada en ningún criterio técnico o científico y que perjudica gravemente a la Región de Murcia y al Levante español. Del agua del Trasvase dependen miles de puestos de trabajo en la Región y no es justo condenar a miles de personas al paro por una decisión ideológica que consideramos nunca se ha justificado técnicamente como es la elevación de los caudales ecológicos en el Tajo», señaló el Ejecutivo de López Miras.
Sostienen también que el Trasvase de Tajo- Segura «es una herramienta eficaz cuya utilidad ha quedado demostrada especialmente en un tiempo de sequía donde la cabecera del Tajo ha dispuesto de unas reservas de agua históricas con las que se ha garantizado el consumo y el riego de todo el Levante español. Lo que hace aún más injustificable y mucho más injusta la decisión del Gobierno de España de aplicar una subida de los caudales ecológicos que supondrá el recorte del 50 % del trasvase Tajo- Segura algo inasumible para nuestros regantes y agricultores».
El Gobierno regional aseguró que «va a seguir dando la batalla por revertir una decisión del Gobierno de España que sólo ha actuado por motivos ideológicos que no es consciente del duro golpe que da al futuro de la Región de Murcia y de miles de familias que dependen de la continuidad del Trasvase Tajo-Segura». En este sentido, exigirá que este asunto se aborde en la revisión del Plan Hidrológico Nacional y en el próximo ciclo de planificación (2028-2033), «donde deberá garantizarse seguridad jurídica, coordinación territorial y criterios científicos objetivos». «Seguiremos defendiendo, con firmeza y responsabilidad, el derecho al agua que garantiza empleo, cohesión territorial y alimentos de calidad para todos los españoles», insistieron fuentes del Ejecutivo.
Municipios ribereños: «Nos da la razón»
Según la Asociación de Municipios Ribereños de Entrepeñas y Buendía, «la resolución reafirma que los caudales ecológicos son una limitación previa y general a cualquier aprovechamiento y señala que el Plan Hidrológico del Tajo no tiene que evaluar impactos en las cuencas cesionarias del acueducto Tajo-Segura».
El presidente de esta asociación, Borja Castro, señala que «el PP y Vox deberían de dejar ya de utilizar las instituciones y acatar las sentencias del Tribunal Supremo que obligan a instaurar caudales ecológicos en el río Tajo. Y aquí el gobierno de España tiene otra razón, otro aval más, para no tener que esperar para que inmediatamente cumplan con los caudales ecológicos», ha señalado
La Asociación añade en un comunicado que la sentencia, alineada con la doctrina reciente del Alto Tribunal, «recuerda que el caudal ecológico no es un uso del agua, sino una condición que vincula al sistema de explotación (con la única prioridad del abastecimiento a poblaciones), y que el plan del Tajo fija un escalonamiento en tres pasos: el valor plenamente ecológico es el del tercer escalón (2027); los dos anteriores funcionan como medidas de coordinación mientras se despliegan recursos alternativos en la cuenca receptora».
Para los ribereños, el fallo «aporta tres certezas: seguridad jurídica, un calendario claro para culminar la implantación de caudales en el eje del Tajo y una coherencia normativa que obliga a ajustar el régimen del trasvase a los planes vigentes, tal y como ya había señalado el Consejo de Estado y recogido el propio Real Decreto en sus disposiciones finales».
«Esta sentencia nos vuelve a dar la razón: proteger el Tajo es compatible con una gestión responsable del agua en todo el país. Lo que no es compatible es forzar las instituciones contra el interés general o demorar lo que ya es ley y jurisprudencia», subraya Castro.
Lucas Jiménez: «Actuación política poco justa»
«Voy a parafrasear a la vicepresidenta Montero a tenor de una sentencia absolutoria de un jugador de fútbol: 'Es una vergüenza y un retroceso'. Pero no me voy a referir en esos términos al Tribunal Supremo», indicó el presidente del Sindicato de Regantes del Trasvase, Lucas Jiménez, tras la sentencia del alto tribunal.
«Creo ciegamente en la democracia. La sentencia abre un debate en torno a la legalidad de los actos del Miteco pero no sobre la justicia de la actuación política del Miteco. Es esa actuación la que me provoca vergüenza y supone un retroceso parauna parte del país. Para que todos lo entiendan. En el Congreso español se debatió, este mismo año, una ley que pretendía blindar el trasvase. El Congreso votó en contra de nuestros intereses. El que dirigía las votaciones de una parte importante de la bancada era el presuntamente corrupto ex secretario del PSOE, Santos Cerdán.¿La votación fue legal? Sí. ¿Pero es justo que la bancada socialista completa del Congreso, incluidos diputados de Almería, Alicante y Región de Murcia, votara en contra de los intereses de sus regiones al mandato de un posible ladrón? No. Pues en esto estamos. Analizando una sentencia que acatamos pero que no puede refrendar una actuación política y poco justa para una parte del país. Esperamos la resolución del resto de demandas e incluso el análisis jurídico de la presente», concluye Jiménez.
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