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Domingo, 7 de abril 2019, 10:27
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El Tribunal Supremo ha anulado un artículo del Plan Hidrológico del Segura relativo al uso de aguas subterráneas, al atender parte del recurso presentado por el Gobierno de Castilla-La Mancha. En concreto, el artículo 40, que establece la obligación de solicitar una autorización adicional para aprovechamientos de aguas subterráneas cuyo volumen anual no sobrepase los 7.000 metros cúbicos anuales, con independencia de que la masa de agua esté sobreexplotada o no lo esté.
El alto tribunal da por buena la planificación que hace la Confederación Hidrográfica del Segura y viene a decir que no hay más recursos y masas de agua que los ya catalogados. Para los regantes de la Región, este aspecto es importante porque desmonta la tesis de que la cuenca del Segura tiene agua suficiente en los acuíferos y que por tanto no es necesario el Trasvase del Tajo. En este sentido, el Supremo rechaza la petición de Castilla-La Mancha de que la Confederación del Tajo controle los excedentes.
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