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EFE
MURCIA.
Viernes, 17 de agosto 2018, 07:18
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La Audiencia Provincial de Murcia ha elevado de 200 a 400 euros la pensión compensatoria que debe abonar un hombre a su esposa ya que aquella, por su falta de cualificación profesional, su edad (49 años) y su «delicado estado de salud» tiene escasas perspectivas de encontrar un puesto de trabajo en el futuro. La mujer había reclamado que la asignación ascendiera a mil euros y pedía que no tuviera límite en cuanto a su duración.
La sentencia estima así en parte el recurso presentado por la mujer, a la que reconoce, además, el derecho a percibir la pensión de manera indefinida. El Juzgado de Familia de Murcia dictó una resolución, que ahora se ve revocada en parte, que limitó la percepción a dos años.
Lo que no acepta la Audiencia Provincial, que tiene como ponente al magistrado Carlos Moreno Millán, es elevar la cuantía de la pensión compensatoria a mil euros, como había reclamado la ahora apelante.
En cuanto a la duración de la pensión, la Sala dice que no tiene sentido limitarla a una duración de dos años, ante lo imprevisible que resulta que pueda conseguir su inserción laboral en ese tiempo debido a su coyuntura personal.
Comenta la sentencia que el hecho de que durante el matrimonio la mujer trabajara durante diez años, no quiere decir que ahora pueda volver a hacer lo mismo, ya que se trataba de una actividad a media jornada escogida con la finalidad de que, al mismo tiempo, pudiera dedicarse directamente a la atención y cuidado del hogar y de la unidad familiar.
La Sala estima, asimismo, otra petición de la recurrente y dispone que los gastos comunes derivados de la comunidad de propietarios en la que se integra la vivienda familiar, cuyo uso se le atribuyó a ella hasta la liquidación de la sociedad ganancial, sean asumidos por ambos a partes iguales. La Audiencia deja sin efecto así la resolución del Juzgado de Familia, que responsabilizó de dichos pagos, en exclusiva, a ella.
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