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Sábado, 10 de febrero 2018, 03:46
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El Gobierno de Castilla-La Mancha ha perdido el primero de los recursos presentados en los últimos años contra todos los desembalses del Tajo al Segura autorizados por la Comisión Central de Explotación, por entender que se vulneraron las reglas de explotación del acueducto. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado la reclamación que hizo el Ejecutivo de la comunidad vecina contra una transferencia que aprobó el Ministerio de Agricultura en junio de 2016 de 38 hectómetros cúbicos mensuales. A juicio de la demandante, los embalses de Entrepeñas y Buendía estaban en aquellos momentos en Nivel 3, por lo que se envió más agua de la permitida. El alto tribunal sostiene lo contrario, basándose en los informes de la Confederación Hidrográfica del Tajo y del ingeniero Francisco Cabezas, asesor del Ministerio.
El Sindicato Central de Regantes del Trasvase, uno de los codemandados, expresó su satisfacción por esta sentencia. Su presidente, Lucas Jiménez, considera que los recursos de Castilla-La Mancha «tienen un alto contenido político». Advirtió de que hay otras reclamaciones por el mismo motivo que esperan su turno en los tribunales, las cuales podrían tener el mismo resultado. Jiménez considera relevante esta sentencia porque aborda la raíz de la polémica que surgió con el Memorándum del Tajo y las nuevas reglas de explotación, cuya aplicación ha validado el TSJ de Madrid.
El Gobierno de Castilla-La Mancha ha mantenido desde entonces que el umbral mínimo no trasvasable de 400 hectómetros cúbicos en los pantanos de Entrepeñas y Buendía se alcanzó en marzo de 2014 porque el conjunto embalsado en aquel momento era de 900 hectómetros. El Ministerio de Agricultura rechazó esos datos y negó que la reserva estuviera en los 400. Dicho nivel se alcanzó el mes pasado.
Sobre esta base, el Gobierno castellano manchego recurrió todos los desembalses posteriores y los tachó de ilegales. En realidad, también alegó frente a las transferencias anteriores a esa fecha, aduciendo motivos medioambientales.
La discrepancias sobre los niveles trasvasables 2 y 3 es importante porque está en juego un volumen doble de agua. La Abogacía del Estado argumentó que el inicio del periodo transitorio para la nueva reserva comenzó en abril de 2014. El tribunal señala que la demandante «trata de desvirtuar» los informes técnicos con «apreciaciones particulares, pero sin aportar prueba alguna», sea documental o pericial, que vaya en contra del criterio técnico de la Comisión Central de Explotación, que adoptó el acuerdo por mayoría.
La sentencia del TSJ de Madrid también rechaza la crítica que hace el Gobierno de Castilla-La Mancha al ingeniero Francisco Cabezas, al considerar que no actuó con parcialidad dada su condición de director general del Instituto Euromediterráneo del Agua. El tribunal defiende el trabajo técnico de Cabezas, que figura como asesor de la Comisión. Señaló en su informe que procedía autorizar 38 hectómetros por mes en aquella época, para dar tranquilidad a los abastecimientos a la población y a la grave situación en la que se encontraban los regadíos. Advirtió en aquel momento que podía producirse «una crisis sin precedentes en la historia» debido a las bajas aportaciones
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