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Un farmacéutico de San Javier pagará 6.000 euros por vejaciones a un empleado

Un farmacéutico de San Javier pagará 6.000 euros por vejaciones a un empleado

Le mandaba fotos para compararlo con Quasimodo y le preguntaba cuándo iba a volver de Turquía de implantarse pelo

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Viernes, 23 de octubre 2020

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Seis mil euros, en concepto de daños y perjuicios, deberá abonar un farmacéutico de San Javier a uno de sus empleados por el trato vejatorio al que le sometió, según una sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM). Además, el empresario deberá indemnizar a su auxiliar de farmacia con otros 1.796 euros, o readmitirlo, después de que haya sido declarado improcedente el despido que le impuso por haber utilizado una 'tablet' mientras estaba trabajando en el turno de noche.

La resolución del Alto Tribunal de la Región deja constancia de que la relación entre el farmacéutico y su empleado se agravó sensiblemente después de que, en la noche del 7 de marzo de 2019, el dueño de la botica observara a través de las cámaras de seguridad que el auxiliar tenía encendida una 'tablet' en contra de sus órdenes. Por tal razón se desplazó desde Murcia hasta San Javier, para reprocharle su conducta, y a partir de las tres de la madrugada él mismo se quedó a cargo del negocio.

Al día siguiente, el auxiliar de farmacia se presentó en la oficina para entregar un parte de baja médica, lo que llevó a su jefe a dedicarle expresiones como «te pasas por los cojones lo que te dice Paco» y «olvídate de trabajar en otra farmacia», entre otras. Igualmente, en presencia de otra empleada, le dijo: «Ya empezamos con las pirulas y a llorar en un médico», «estabas tocándote los huevos y ahora estamos de baja por ansiedad», y le acusó de reírse de él y le preguntó si era un hombre, añadiendo que lo iba a decir delante de todos los empleados.

Más todavía, en un grupo de WhatsApp de los empleados de la botica, el empresario comparó a su asalariado con Quasimodo, el jorobado de Notre Dame, acompañando la frase con una imagen, y le preguntó cuándo volvía de Turquía de ponerse pelo, «con igualmente una imagen de un animal con intención claramente vejatoria», según el tribunal.

Coincidiendo con los argumentos defendidos por el abogado del demandante, Antonio Gea, los magistrados de la Sala de lo Social razonan que «tales expresiones tienen un componente claramente vejatorio por el trabajador, y no pueden justificarse por el hecho de que el empresario pudiera estar más o menos 'cabreado'». Tampoco encuentran razón alguna en el hecho, alegado por la defensa, de que pudiera existir una relación de cierta amistad entre el empresario y su empleado y que se tratara de meras bromas.

La resolución constata que se trata de «una conducta manifiestamente vejatoria del empleador frente al trabajador, lo que comporta un daño moral indemnizable», que se cifra 6.000 euros.

Por estas razones, la Sala confirma íntegramente la sentencia dictada en ese mismo sentido por el Juzgado de lo Social número 1 de Cartagena, que además de fijar la mencionada indemnización por los daños morales declaró improcedente el despido del trabajador por haber usado la mencionada tablet mientras estaba de guardia.

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