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Dan la razón a BMN ante una empresa por el extravío de un pagaré de 30.000 euros

EFE

MURCIA

Miércoles, 18 de abril 2018, 08:37

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La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso que una empresa presentó contra el extinto Banco Mare Nostrum (BMN), hoy Bankia, al que reclamó una indemnización por daños y perjuicios diez años y medio después de que la entidad extraviase un pagaré por importe de 30.000 euros. La sentencia confirma así la dictada por un juzgado de Caravaca de la Cruz, que acordó desestimar la demanda que había presentado la empresa.

En su demanda, esta sociedad reclamó una indemnización total que ascendía a 31.740 euros, tras alegar que en mayo de 2006 había entregado al banco, en las oficinas ubicadas en una pedanía de Cehegín, el pagaré para que le fuera abonado en su cuenta. Llegada la fecha de su vencimiento, añadía la demandante, el mismo no fue presentado al cobro debido al extravío del documento original por la entidad, que entonces actuaba como Cajamurcia. La indemnización reclamada englobaba el importe del pagaré y los gastos que había generado su devolución.

El juzgado caravaqueño señalaba que, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, para que proceda la indemnización por daños y perjuicios es necesario demostrar no solo el extravío del pagaré, sino también qué perjuicios se han causado y la relación de causalidad entre los mismos y la actuación negligente.

La Audiencia añade que la demandante no solo tardó diez años y medio en plantear la demanda, sino que no consta que iniciara el procedimiento previsto en la ley para el caso de extravío de pagarés. Además, tampoco reclamó el pago de su importe a la empresa que lo había extendido.

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