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Podrá hacer uso de la vivienda pero solo hasta la liquidación de gananciales

EFE

Murcia

Jueves, 12 de octubre 2017, 11:19

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Una mujer podrá hacer uso de la vivienda familiar, como había dispuesto un Juzgado de Familia de Murcia en un caso de separación matrimonial, pero solo podrá hacerlo hasta el momento en que se produzca la liquidación de la sociedad de gananciales. Así se dispone en una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia, que estima parcialmente el recurso que presentó su exmarido.

Por el contrario, no estimó la solicitud de anular la pensión compensatoria por importe de 150 euros mensuales que también había fijado el juzgado. Por lo que respecta al uso y disfrute de la que había sido la vivienda familiar, la Sala de la Audiencia dice que la decisión judicial fue acertada cuando la atribuyó a la exmujer, que era la que estaba más necesitada de protección al tener reconocida una minusvalía del 48%. Pero añade que cuando no existe descendencia y la vivienda tiene carácter ganancial, su criterio es que esa atribución se deje sin efecto cuando se produzca la liquidación de la sociedad de gananciales.

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