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Palacio de Justicia de Murcia. Nacho García / AGM

Piden 5 años de cárcel para un acusado de sacar indebidamente 119.347 euros de la cuenta común con su expareja

Las partes se divorciaron en el año 2012, sin que en ninguno de los pronunciamientos judiciales ni en el convenio que aprobó la sentencia de separación se incluyera mención alguna a su saldo y beneficios

EP

Sábado, 4 de mayo 2024, 13:29

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La Fiscalía ha pedido 5 años de cárcel para un individuo acusado de sacar indebidamente 119.347 euros de la cuenta bancaria que tenía en común con su expareja tras consumarse la separación judicial y el cese de la convivencia entre las partes. el inicio del juicio está previsto este martes, 7 de mayo, a las 10.00 horas en la sala 001 de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia.

Los hechos se remontan a 2010, cuando el acusado, nacido en 1961, procedió a hacerse con el dinero existente en una cuenta bancaria de inversión que tenía en cotitularidad con su actual excónyuge sin consentimiento ni conocimiento de la misma. Todo ello, con ánimo de obtener un beneficio patrimonial, según el escrito de acusación del Ministerio Público al que ha tenido acceso Europa Press.

Desde el 14 de septiembre de 2006, cuando las partes aún estaban casadas en régimen de separación de bienes y convivían juntas, procedieron a la apertura de la cuenta bancaria de inversión, sin que se haya acreditado indiciariamente que los fondos de los que se iba nutriendo la cuenta procedieran exclusivamente del acusado.

Así, según el Fiscal, consta indiciariamente acreditado que, una vez que se produjo la separación judicial y el cese de la convivencia entre las partes, en febrero de 2010, el acusado procedió a apropiarse de fondos de la cuenta compartida «con ánimo de lucro ilícito» y sin el conocimiento ni consentimiento de la querellante cotitular.

En concreto, el acusado hizo transferencias desde la cuenta compartida hasta otra suya el 16 de abril de 2010 por importe de 148.000 euros; el 1 de julio de 2010 por importe de 53.500 euros; el 30 de julio de 2010 por importe de 35.000 euros; y el 27 de enero de 2012 por 2.000 euros. Finalmente, el día 19 de noviembre de 2014 hizo una retirada por caja del saldo final de 195 euros. El total apropiado indebidamente ascendió al 50% de las cantidades retiradas, propiedad común de ambos excónyuges, por el importe de 119.347,50 euros.

Por otra parte, las partes se divorciaron en el año 2012, sin que en ninguno de los pronunciamientos judiciales ni en el convenio que aprobó la sentencia de separación se incluyera mención alguna al saldo y beneficios de la cuenta corriente.

Para la Fiscalía, los hechos son constitutivos de un delito continuado de apropiación indebida agravado por el que procede imponer al acusado la pena de cinco años de cárcel y una multa de 4.464 euros. En cuanto a la responsabilidad Civil, el acusado deberá indemnizar a la querellante en la cantidad de 119.347,50 euros más los intereses legales.

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