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Imagen de archivo del hospital Santa Lucía, donde se llevó a cabo la operación. Pablo Sánchez / AGM

Un paciente de Mazarrón será indemnizado con 370.000 euros por un fármaco que le causó ceguera

Se le administró un lote tóxico que le produjo una atrofia irreversible en un ojo

Lunes, 21 de noviembre 2022, 11:00

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº2 de Totana ha condenado a la aseguradora de la farmacéutica alemana Alamedics a indemnizar con 370.000 euros a un vecino de Mazarrón de 61 años que sufrió una ceguera total en un ojo después de que se le administrara un lote tóxico de un fármaco.

Los hechos se remontan a octubre de 2014, cuando el paciente acudió a urgencias por un desprendimiento de retina. Tras ser diagnosticado, se le programó una vitrectomía con cerclaje del ojo derecho, una técnica muy común que consiste en sellar los desgarros y aplanar la retina. La cirugía se llevó a cabo ese mismo mes en el Hospital Santa Lucía de Cartagena, tras la cual evolucionó favorablemente. No obstante, posteriormente se observaron cambios inflamatorios y, en un estadio posterior, una atrofia óptica irreversible.

El afectado, que sufrió una pérdida absoluta de visión en el ojo tratado, acudió al Defensor del Paciente, que derivó el caso al letrado Ignacio Martínez, que interpuso en primer lugar una reclamación patrimonial administrativa contra el Servicio Murciano de Salud. Un informe de la inspección médica determinó que durante la cirugía se le había administrado al paciente el fármaco perfluoroctano de alta densidad con el nombre comercial 'Ala Octa' y valoró que el caso se correspondía con la clínica asociada al uso del mismo.

La Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (AEMPS) había publicado el 30 de octubre de 2015 una nota informativa por la que se comunicaba que con fecha 26 de junio de 2015 se había procedido a prohibir el uso y comercialización y a retirar del mercado el producto 'Ala Octa', fabricado por la farmacéutica Alamedics, debido a múltiples casos de daños en aquellos pacientes a los que se les había aplicado.

A pesar de que la compañía intentó eludir su responsabilidad, la sentencia estima íntegramente la demanda del paciente, ya que los expertos médicos no observaron ninguna otra causa de la atrofia más allá del uso del fármaco en cuestión. «Se debe destacar la rapidez en la aparición de los síntomas tras la intervención (a las 24 horas de la intervención ya no veía la luz) y que llevó a los diferentes doctores a deducir que era consecuencia de producto utilizado», señala el juzgado.

En cuanto a la cuantía de la indemnización, la sentencia acuerda indemnizar al paciente en un total de 150.000 euros de principal más los intereses sancionadores desde la fecha de la intervención en 2014, todo lo cual asciende, junto con las costas, a una cantidad de aproximadamente 370.000 euros.

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